El Sernac exigirá al Banco de Chile y al BCI que devuelvan todo el dinero cobrado indebidamente a los consumidores morosos, por gestiones de cobranza amparándose en la figura de supuestos “honorarios judiciales”. Además, solicitará obtener las compensaciones correspondientes a los afectados. El organismo, inició además un Procedimiento Voluntario Colectivo con ambas entidades bancarias.
El director Nacional del Sernac, Lucas Del Villar, explicó que este tipo de cobros aplicados por estas entidades son graves, pues, además de estar limitados en la ley desde el año 1999, afectan a consumidores que ya están morosos y no están en posición de poder negociar.
“En la práctica este tipo de cobros aplicados indebidamente recargan aún más la mochila a consumidores que ya se encuentran en una situación complicada, pues detrás de una deuda impaga se esconden situaciones económicas difíciles, las que se han agravado producto de la pandemia. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto”, señaló Del Villar en un comunicado.
La investigación del Servicio, que incluyó fiscalizaciones, arrojó que estas instituciones financieras incluyen en sus contratos una cláusula donde establecen que en caso de morosidad los “honorarios judiciales” en que incurra la empresa en caso de cobranza judicial serán de cargo del consumidor.
En el caso del BCI, estos honorarios corresponden a un 15% del monto adeudado. En tanto, en el caso de Banco de Chile es entre 10% y 15% del total demandado, más gastos y costas judiciales. El Sernac detectó que este cobro es aplicado cuando se celebran acuerdos extrajudiciales que ponen término al juicio de cobro y, por tanto, no son establecidos por el tribunal.
A juicio del Servicio la inclusión de esta cláusula y la aplicación de estos cobros no se ajustan a lo que establece la Ley del Consumidor y atentan en contra la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producen desequilibrio y perjuicio de los consumidores.
La normativa establece expresamente que las empresas sólo pueden cobrar los reembolsos por las gestiones efectivas de cobranzas extrajudiciales con topes. De hecho, desde 1999 se prohíbe cobrar montos superiores al 3%, 6% y 9% del total de la deuda y según una escala progresiva por tramos. Esto es, sobre 50 UF, entre 10 y 50 UF y hasta 10 UF, respectivamente.
Cuando se trata de cobranzas judiciales, los montos por concepto de “honorarios judiciales” que deben pagar los consumidores a las empresas se fijan una vez que concluye el juicio, los que son establecidos por el juez y no por las entidades financieras.
Operaciones y reclamos de los consumidores
Según datos preliminares de los análisis realizados por el Sernac, sólo entre los años 2020 y 2021, BCI impuso este tipo de cobros son superiores a los 35 mil casos en que suscribió acuerdos extrajudiciales con los consumidores para poner término a la cobranza judicial.
Por su parte, el Banco de Chile lo habría realizado en más de 20 mil casos entre 2017 y 2021. Por consiguiente, los montos totales a restituir podrían llegar a varias decenas de millones de pesos.
Ante esta situación, el Sernac inició un Procedimiento Voluntario Colectivo con ambas entidades, con las cuales se exigirá que devuelvan el dinero cobrado indebidamente a los consumidores, con los reajustes e intereses respectivos. Además, se solicitará a las entidades adecuar sus contratos y prácticas a lo que establece la Ley.
En tanto, la Ley del Consumidor establece también que las empresas sólo pueden aplicar cobros por concepto de gastos de cobranzas transcurridos los primeros 20 días de atraso de la deuda y sólo se pueden llegar a exigir montos proporcionales por gastos efectivos con los topes máximos que establece la normativa.
Por su parte, BCI respondió a través de un comunicado a lo informado por el Sernac, señalando que frente al escenario en que un cliente se encuentre con problemas para pagar sus deudas, “nuestro primer objetivo es buscar diferentes soluciones que le permitan regularizar su situación financiera. Lo anterior ha significado que más del 96% de las operaciones en mora son regularizadas sin iniciar un juicio. Respecto del 4% restante, tenemos que cumplir con las obligaciones legales y del regulador CMF, e iniciar las respectivas acciones judiciales”.
Sobre las cláusulas relacionadas a la forma y las condiciones de las cobranzas judiciales, la entidad indicó que estas se encuentran ajustadas a la normativa legal vigente. “La información referida a los procesos de cobranza se entrega a todos nuestros clientes de manera transparente, desde el inicio de los procesos de crédito, incluyendo los plazos y fases donde se aplican”, añadieron desde el banco.
Adicionalmente, BCI manifestó que seguirá colaborando con el Sernac para entregar la información pertinente para clarificar las consultas sobre la inclusión de estas cláusulas en sus contratos.