SII aclara que exigirán a los comercios la entrega de boleta impresa o digital por cada compra realizada

La resolución comenzará a estar vigente a partir del 1 de mayo de este año. Para quienes no cuenten con dispositivos que permitan imprimir las boletas, habrá plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para entregar al comprador la boleta en formato digital.


A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios que cuentan con medios de pago con impresora se verán obligados a entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago electrónico (voucher), independiente de si el pago es en efectivo, por transferencia electrónica o en las compras con tarjetas bancarias.

Esta normativa también establece que los comercios que no cuenten con dispositivos para imprimir deberán enviar la boleta correspondiente en formato digital a partir del 1 de marzo de 2026, a través de correo electrónico, SMS, WhatsApp o QR. Esto se debe a la Resolución Nº12 que emitió el Servicio de Impuestos Internos (SII), la cual busca reforzar la emisión de boletas electrónicas por cada compra realizada a través de su entrega a los contribuyentes en forma impresa o digital.

El subdirector de Asistencia de SII, Patricio Muñoz, explicó que la medida busca hacerse cargo del incremento de la evasión del pago correcto del IVA amparada en el pago en efectivo o vía transferencia para evitar emitir la boleta electrónica. “El objetivo de la medida es asegurar que todos los contribuyentes estén en igualdad de condiciones al momento de desarrollar su negocio, evitando que algunos comercios busquen el pago en efectivo o a través de transferencias, para no emitir la boleta electrónica y no realizar el correspondiente pago del IVA”, detalló.

En esa línea, Muñoz expresó que “hemos detectado estas conductas en nuestros análisis, por lo que hoy estamos apuntando a una mayor presencia en terreno, porque los propios consumidores expresan permanentemente su preocupación por locales que no emiten boletas“.

“La obligación para estos contribuyentes es entregar una copia digital de la boleta electrónica emitida o del voucher, por los medios electrónicos que tengan disponibles, como, por ejemplo, correo electrónico, SMS, aplicaciones de mensajería instantánea, Códigos QR, entregándoles un plazo mayor para adaptarse a esta obligación”, subrayó Patricio Muñoz.

A su vez, el subdirector de Asistencia fue enfático al señalar que lo que busca el Servicio es fortalecer el cumplimiento tributario de los habitantes del país. “Acá el objetivo es apoyar a los buenos contribuyentes, a través de una competencia justa, y también que los propios clientes prefieran aquellos locales que cumplen con sus responsabilidades con el país. Porque al emitir la boleta y entregarla a los clientes en forma impresa o digital aseguramos, por una parte, que el negocio cumpla su obligación y entregue el impuesto pagado por el cliente al Fisco (recordemos que el IVA lo pagan los compradores) y, por otra, que el cliente tome consciencia de la importancia que tiene esta acción y apoye a estos negocios, evitando comprar a quienes dañan el sistema tributario”, afirmó.

Asimismo, Muñoz precisó que la medida está enfocada al comercio y no a los operadores de medios de pago, insistiendo en que "Al contemplar tanto la opción de la entrega de una copia digital como impresa, estamos llegando a todo el universo de contribuyentes, sin afectar su operación ni obligarlos a cambiar los actuales dispositivos con los que cuentan, en el caso de que no estén habilitados para imprimir copia de la boleta o voucher“.

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