En julio del año pasado, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Ministerio de Hacienda anunciaron una serie de cambios al procedimiento conocido como Reposición Administrativa Voluntaria (RAV), instancia en que el contribuyente puede solicitar la revisión de la fiscalización tributaria, en forma previa a la reclamación judicial.
Entre las innovaciones en favor de los contribuyentes se consideraron audiencias preliminares, un cierre de audiencia para reclamaciones, la aceptación de antecedentes a posteriori y la obligación para el SII de emitir una resolución final con los fundamentos de ésta.
"Desde junio en que se presentó la circular 34 hasta ahora, la tendencia se está revirtiendo. En años anteriores había una gran cantidad de resoluciones 'no ha lugar' donde no se aceptaba la reclamación, pero eso ha cambiado. No todas pueden darse 'ha lugar' pero al menos hay un cambio de tendencia y eso evita que terminen en la sede judicial", señaló el director del SII, Fernando Barraza, en el marco de un seminario organizado por KPMG en Sofofa, "Prevención y Administración de controversias tributarias". De hecho, si en 2017 las RAV no aceptadas llegaban a 1.433, en 2018 descendieron a 663.
En esa línea, validó las salidas administrativas. "Eso es lo que buscamos. Porque llegar a sede judicial es caro para todos: para el contribuyente, para el Servicio y para el país".
Sobre el punto, Francisco Lyon, Socio Tax&Legal de KPMG, dijo que "hacemos un balance muy positivo. El país gana cada vez que logramos resolver las controversias con los contribuyentes en sede administrativa y sin judicializarlas, porque eso implica menores recursos para el Estado, para los particulares y genera un alto incentivo al cumplimiento tributario. Todos ganamos".