SII: ingresos declarados por arriendo de viviendas sumaron US$1.224 millones
Según el Servicio de Impuestos Internos, en total, los contribuyentes que declararon ingresos por arriendos en la Operación Renta 2024, en que debutó una nueva declaración jurada al respecto, aumentaron en 356%, pasando de 25 mil en la Operación Renta de 2023 a 116 mil en la de este año. El 84% de ellos pagó impuestos por ese concepto. Y el Fisco consiguió US$171 millones adicionales versus el año pasado.
Este año en la Operación Renta 2024 debutó una nueva declaración jurada que introdujo modificaciones sobre los bienes raíces arrendados, con el objetivo de actualizar las obligaciones de información respecto de ellos, y de esa manera obtener mayores antecedentes para el control del impuesto a la renta por arrendamiento.
Esta innovación buscaba allegar mayores recursos para el Fisco y se incluyó en la ley que reduce o elimina exenciones tributarias, que se aprobó en el marco de la discusión del financiamiento para la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Dicha ley estableció que todas las personas naturales que posean viviendas económicas acogidas a DFL-2 del año 1959 (de hasta 140 m2), deben tributar por los ingresos que estos bienes raíces generen por arriendos a partir de la tercera vivienda, independiente de la fecha de adquisición de estos. Asimismo, eliminó la exención a todos los contribuyentes que no sean personas naturales, por lo que, a partir de esta Operación Renta, también los contribuyentes personas jurídicas debían tributar a todo evento por estos ingresos.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) detalló, antes que comenzara el proceso, que existían en el país 8.762.120 roles de bienes raíces, correspondientes a 6.951.933 propietarios. Dijo que de estos, aproximadamente 100.000 eran dueños de tres o más bienes raíces DFL-2, o bien, contaban con una segunda propiedad en arriendo que no era DFL-2. Y precisó que de ese total, no todos iban a terminar pagando impuestos por tal concepto, ya que debían cumplir con el requisito de tener su vivienda arrendada.
A la luz de los resultados, el análisis previo del SII tuvo lo resultados esperados.
Así, el total de los contribuyentes que declararon ingresos por arriendos en esta Operación Renta fueron finalmente 116.445, cifra que representa un aumento de 356% respecto de 2023, cuando lo hicieron 25 mil. De ellos, 101.279 contribuyentes utilizaron el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces dispuesto por el SII para informar sus rentas, lo que equivale al 87% del total de declarantes.
Según el SII, los montos totales declarados por estos 116.445 contribuyentes se incrementaron desde $445.726 millones en la Operación Renta 2023, a $1.102.304 millones este año, unos US$1.224 millones.
De los contribuyentes declarantes de ingresos por arrendamiento en 2024, 97.886, que equivalen al 84% del total, quedaron en el tramo afecto al Impuesto Global Complementario, es decir, tuvieron que pagar impuestos por tener mayores ingresos. Eso a su vez generó que el impacto directo al incluirse los ingresos por arriendo, se tradujera en un monto adicional de impuesto recaudado que alcanzó los $154.707 millones (US$ 171 millones), versus 2023.
En este sentido, la subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, realizó una positiva evaluación de la nueva herramienta que el SII puso a disposición de las personas: “Con el cambio legal que implicó el inicio de la obligación de declarar ingresos por arriendos desde la tercera propiedad DFL2 desde este año, proyectamos que cerca de 100 mil contribuyentes usaría el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces para informar sus rentas por este concepto, lo que se cumplió y revela que se alcanzó el nivel de focalización esperado”.
Añadió que “lo que nos muestran estos resultados es la importancia de que todas y todos cumplamos con confianza las obligaciones que establece la ley. Acá lo que buscábamos era entregar una herramienta que ayudara a las personas, principalmente, a cumplir con su obligación de informar sus ingresos por arriendos”. Por lo mismo, sostuvo que “el eventual pago de impuestos se determinó de acuerdo a sus características y tipos de ingresos. Esto es muy relevante, porque muestra que nuestra acción siempre busca el pago de impuestos en forma justa y equitativa, en estricto apego a lo que indica la normativa vigente”.
Otro efecto de esta declaración de ingresos por arrendamiento radica en que 50.845 contribuyentes (44% del total de declarantes de rentas por arrendamiento) aumentaron su tasa de Impuesto Global Complementario (IGC).
Quiénes deben declarar
Lo que menciona la ley es que las personas naturales y jurídicas que obtienen ingresos por arriendo de bienes raíces, de acuerdo a sus características y las de sus propiedades, deben incorporar el monto obtenido por este concepto en su declaración de renta anual. Para ello, se debe considerar que en el caso de las personas con ingresos por arriendo de hasta 2 bienes raíces habitacionales DFL-2 (menor a 140 m2), no tienen la obligación de declarar, puesto que los arriendos por las dos primeras viviendas acogidas a este beneficio son considerados no renta, es decir, se encuentran exentas del pago de impuestos. Sin embargo, sí pueden utilizar el asistente voluntariamente para informar el uso que dan a sus propiedades y asegurarse que no deben incluir esos ingresos en su declaración de renta.
El escenario cambia a partir de la tercera vivienda, ya que por esta propiedad y las siguientes -si las hay-, sí deben declarar los ingresos obtenidos por concepto de arriendo, independiente de la fecha de adquisición, para la determinación del impuesto en caso que corresponda. “Ello implica un cambio, ya que anteriormente las viviendas DFL-2 adquiridas antes de 2010 estaban exentas de la obligación”, aclara el SII.
Otra realidad es si la vivienda no es DFL-2 o corresponde a otro tipo de bienes raíces, como oficinas, bodegas y/o estacionamientos. En ese caso la persona tiene la obligación de incorporar siempre el monto obtenido por este concepto en su declaración de renta anual, para el cálculo del impuesto a pagar.
“Las personas con actividades de primera categoría, ya sea empresa y empresario individual, no tienen el beneficio del DFL-2 y deben declarar siempre”, subraya el SII.
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