SII reconocerá como gasto cuotas extraordinarias de gremios empresariales para financiar la COP25

Sebastian Piñera Cop 25

Desde el sector privado existían dudas con respecto a la fórmula que fijaría el Servicios de Impuestos Internos. Hasta ayer, ya que la entidad estableció los mecanismos para hacer las donaciones. Si bien la organización cuenta con US$35 millones, se necesitan unos US$55 millones para completar la meta.


El 2 de diciembre es la fecha fijada para que comience en Chile la Conferencia de las Partes COP25. Y si bien el equipo organizador del evento cuenta con US$35 millones asegurados que el Congreso aprobó en la ley de financiamiento, se necesitarían entre US$70 millones y US$90 millones para costear toda la conferencia, es decir, faltan unos US$55 millones que deben ser financiados por el sector privado, los cuales deben ser canalizados a través de la Fundación Imagen Chile.

Desde el sector privado existían dudas con respecto a la fórmula y los criterios que fijaría el Servicio de Impuestos Internos (SII). Eso hasta ahora, ya que hoy el organismo emitió la resolución 63 en la que establece y raya la cancha sobre el mecanismo para realizar las donaciones.

Entre los principales lineamientos se dispone que cualquier institución, entidad o persona que efectúe donaciones en dinero, bienes y/o servicios a la Fundación podrá rebajar dichas donaciones como gasto para los efectos de la determinación de la renta líquida imponible conforme a lo dispuesto en la Ley sobre Impuesto a la Renta, siempre que la donación se encuentre relacionada con la organización y ejecución de la Conferencia de las Partes de la COP 25.

Asimismo, se establece que tratándose de donaciones de bienes, se dispone que el monto deducible como gasto sea igual al valor tributario en que los bienes donados se encuentren registrados en la contabilidad del donante a la fecha de la donación.

Se fija, además, que la Fundación deberá llevar los controles necesarios para registrar en orden cronológico las donaciones que efectivamente reciba por cada donante, permitiendo la debida individualización de éstos, así como de los montos donados, entre otros datos.

La situación gremial. En cuanto a las donaciones en dinero que sean efectuadas por grupos de contribuyentes y se canalicen a través de sus respectivas asociaciones gremiales, el SII señaló que "se aceptarán como gasto las donaciones efectuadas en dinero que sus respectivos asociados acuerden como cuotas extraordinarias solo para éste efecto, establecidas con carácter de uniformidad y generalidad para todos sus asociados de acuerdo a parámetros o métodos objetivos, como por ejemplo, en función del capital propio o efectivo u otras metodologías financieras para determinar el monto de las cuotas, conforme a las reglas generales".

Ahora bien, para el caso de donaciones canalizadas a través de entes sin personalidad jurídica y con el propósito exclusivo de formar un fondo común para su posterior entrega, quien administre el fondo deberá solicitar el otorgamiento de un rol único tributario para el respectivo ente. Junto con otorgar el respectivo rol único tributario. Así, la asociación gremial o administrador del fondo, según corresponda, deberá otorgar recibo a cada asociado o aportante, con indicación del monto recibido, fecha e individualización del asociado o aportante.

Una vez recibida la donación, la Fundación deberá emitir un certificado al rol único tributario de la respectiva asociación gremial o ente sin personalidad jurídica. El certificado deberá dar cuenta del monto total de las sumas de dinero entregadas por la asociación gremial o ente sin personalidad jurídica a la Fundación.

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