El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó la propuesta de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) para que Entel, Claro y Movistar cumplan con el fallo de la Corte Suprema y procedan a devolver parte del espectro que tienen asignado. Con esto, se pondrá en marcha el procedimiento.

El caso se inició tras un fallo de junio del año pasado, en que el máximo tribunal, en el marco de un caso iniciado por una demanda de Conadecus, ordenó a estas compañías devolver parte del espectro que tienen asignado. Esto, a juicio del tribunal, por haber sobrepasado los caps o límites de uso del espectro radioeléctrico en la licitación de la banda 700 MHz, en que Movistar y Claro se quedaron con 20 MHz y Entel, con 30 MHz.

Precisamente, la cantidad de espectro a devolver asciende a 20 MHz por operador, con excepción de Entel que le corresponden 30 MHz. Las mismas compañías pueden definir la banda a devolver y no necesariamente será de la banda 700.

La propuesta de la autoridad de telecomunicaciones considera tres alternativas: la renuncia a una concesión, la reducción de una concesión o la enajenación de la misma. Las empresas solo podrán optar a uno de los caminos y no combinarlas. Además, el espectro a devolver deberá ser de una sola banda, pues Subtel definió que no puede repartirse este espectro en distintas bandas.

En relación con los plazos, las empresas tendrán cinco días hábiles para definir cómo efectuarán la devolución. Dependiendo de cada opción, los tiempos serán diferentes. En el caso de Entel, esto quedrá pendiente debido al congelamiento del proceso que definiera el Tribunal Constitucional. Es decir, el proceso partiría una vez que el TC lo reactive.

Subtel calcula un plazo máximo de dos años (de los cuales ya ha transcurrido uno) cualquiera sea la vía escogida por las empresas para devolver el espectro.

"Si transcurrido este plazo no se cumple, la Subsecretaría podrá modificar los anchos de banda de las respectivas concesiones", indica el documento de Subtel.

Si la opción escogida por la empresa es enajenar, este proceso deberá realizarse a través de una licitación privada. Para ello, deberá someter las bases del proceso a la aprobación de Subtel y el TDLC.

La opción "B" implica solicitar a Subtel que modifique la concesión y reduzca el ancho de banda para así desprenderse de los 20 o 30 MHz respectivos. La tercera alternativa es la renuncia a una concesión.

"La decisión del TDLC ratifica que es Subtel la encargada de establecer los plazos y la forma en que se ejecutará esta sentencia, de acuerdo con su rol de administrador del espectro radioeléctrico", comentó la subsecretaria del ramo, Pamela Gidi.

"Subtel ocupará todos los recursos que tenga a su alcance para establecer un proceso de fiscalización que asegure que el desprendimiento al que están obligadas las empresas, se haga en condiciones que se aseguren la continuidad y calidad de servicios de los usuarios de telecomunicaciones", agregó.