Los operadores de criptomonedas sufrieron un duro golpe en la justicia. Claro porque la Tercera Sala de la Corte Suprema autorizó a los bancos a cerrar las cuentas de estas empresas, mientras no exista "un reconocimiento regulatorio de la actividad".
Ello en el marco de la disputa que tenían en tribunales BancoEstado con Orionx.
"Los Bancos están autorizados a poner término a los contratos de cuentas corrientes de empresas relacionadas con el negocio de la criptomonedas", se lee en el fallo.
La decisión busca dar cumplimiento a la normativa legal que busca evitar que los bancos y sus servicios sean utilizados con la finalidad de "llevar a cabo operaciones de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, entre otras posibles actividades riesgosas".
Cabe recordar que el pasado 29 de marzo, Orionx presentó un recurso de protección contra Banco Estado debido a que la entidad le comunicó a la plataforma el cierre de su cuenta vista.
El fallo sostiene que, precisamente por las características y elementos que determinan las actividades de las criptomonedas, le es imposible al banco cumplir "las obligaciones ya referidas, pues obstan a que pueda conocer a fondo las actividades financieras relativas a criptomonedas que desarrolla la recurrente, las características más relevantes de sus operaciones, los fundamentos en que éstas se apoyan y, por último, si sus montos son desmedidos o no".
El fallo detalla que el negocio de Orionx comprende la compra y venta de Ethereum, Ripple, Litecoin y Bitcoin, todas consistentes – según se señala en el propio recurso- en programas computacionales, "específicamente algoritmos que, como tales, carecen de manifestaciones físicas y no tienen valor intrínseco como tampoco– generalmente- uno que cuente con respaldo de algún gobierno en particular o de alguna compañía, siendo definidas y controladas por un grupo descentralizado de usuarios que utilizan el protocolo de Bitcoin en internet, a lo que se suma que actualmente las actividades financieras que se realizan con ellas efectivamente carecen de marco regulatorio".