Para esta semana se esperaba el fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema sobre el último gran frente judicial que quedaba pendiente por resolver en la justicia sobre la industria de isapres. Se trata del ajuste del precio por las Garantías Explícitas en Salud (GES), el que se realiza cada tres años, y motivo por el cual los afiliados han recurrido a las Cortes de Apelaciones del país para dejar sin efecto dichas alzas.
Si bien el documento oficial no se ha hecho público aún, fuentes al tanto de lo fallado por la Tercera Sala de la Corte Suprema señalan que lo resuelto implica fijar un tope máximo del ajuste que pueden hacer las isapres del precio GES. Y dicho tope quedó establecido por la misma Suprema en 7,2 UF anuales. Actualmente, todas las isapres cobran más que eso.
Es más, tal como ha sido la tónica de los últimos dos fallos que ha hecho la Tercera Sala en temas de isapres, esto aplicaría nuevamente para toda la cartera de afiliados, de todas las isapres, y no solo para aquellos afiliados que recurrieron a la justicia.
Quienes conocen del fallo señalan que sería de naturaleza similar a lo fallado por la Suprema respecto de la adecuación de los planes de salud. En ese sentido, las isapres tendrían que hacer devoluciones de montos que hayan cobrado por sobre ese valor, en caso que corresponda.
Asimismo, al igual que en los fallos anteriores, el máximo tribunal habría dado un mandato a la Superintendencia de Salud para que supervise que se cumpla el fallo.
En todo caso, no hubo unanimidad para resolver lo anterior y el fallo terminó con votación dividida, ya que a favor de ese criterio estuvieron los ministros Adelita Ravanales, Sergio Muñoz, Jean Pierre Matus, y Mario Carroza. La ministra Ángela Vivanco fue el voto de minoría.
Desde la industria de isapres no se han querido referir al tema, dado que están esperando conocer el fallo de manera oficial. De todas maneras, según lo que ha trascendido, estiman que sería inédito que haya una fijación de precios, y por la vía judicial.
Hay tres temas por los cuales se han presentado recursos de protección de manera masiva contra las isapres. El primero y más numeroso es por la adecuación de los planes de salud que informan las aseguradoras todos los años, asunto que fue resuelto el año pasado por la Suprema.
El segundo tema es por la tabla de factores, lo que también fue fallado el año pasado por la Suprema: aquella decisión es la que tiene ahora en jaque a la industria, y que llevó al gobierno a ingresar una ley corta para aplicar el fallo, la cual se encuentra actualmente en el Congreso.
Según los cálculos de la Superintendencia de Salud, son $ 1.112.615 millones, es decir, más de US$ 1.400 millones, los que las isapres tendrán que devolver a sus afiliados para restituir los cobros en exceso que se generan al aplicar la nueva tabla de factores. Pero la industria ha dicho que las isapres caerían antes de que puedan efectuar esas devoluciones.
Ahora, este fallo sobre el precio GES, el último gran frente judicial que quedaba pendiente, se suma a lo resuelto por la misma Tercera Sala de la Suprema sobre tabla de factores, fallo que aún no ha sido aplicado.
El GES que fijó cada isapre
El alza del precio GES es un reajuste permitido por ley que se realiza cada tres años, lo cual cubre un conjunto de prestaciones de salud garantizadas por ley para las personas afiliadas. Actualmente incluye 87 enfermedades.
El proceso que ahora se judicializó es por el precio que fijaron las isapres en octubre del año pasado. Y si bien hasta ahora no se asigna un límite a las isapres respecto de cuánto pueden subir, tampoco puede ser muy distinto de la prima universal, la cual quedó fijada en 4 UF anuales en esa ocasión.
Esta última es la prima establecida por el Ministerio de Hacienda, que equivale al costo promedio destinado a las Garantías Explícitas en Salud por persona beneficiaria en el sistema público. Básicamente, es lo que le cuesta al Estado por persona tratar los temas GES, para lo que Hacienda fija una prima universal.
En el total, la industria registró un promedio de cobro de 1,05 UF (unos $36 mil) en prima GES mensual en este último proceso, esto es el equivalente a 12,6 UF anuales. De esta manera, el alza promedio fue de 48,7% con respecto al proceso anterior (0,7 UF promedio mensual). Eso es lo que se está cobrando desde octubre del año pasado.
Allí, Consalud quedó con el cobro más alto: 1,39 UF mensual, o el equivalente a 16,68 UF anuales. Esto significa que la isapre más que duplicó el valor de la prima GES, ya que antes el precio que cobraba era de 0,595 UF. A su vez, significa la mayor alza de este proceso (133,6%), y también se corona como el mayor incremento que registra cualquier aseguradora en este ítem desde 2010.
Nueva Masvida quedó con el segundo mayor nivel de prima GES, al subirla en 62%, a 1,29 UF mensual, esto es 15,48 UF anuales. La tercera isapre que ajustó su cobro hasta superar 1 UF fue Cruz Blanca. La isapre de propiedad de Bupa aumentó la prima GES en 66%, a 1,23 UF mensual, lo que equivale a 14,76 UF anuales.
Luego se posiciona Banmédica, con 0,83 UF mensual, o 9,96 UF anuales, lo que implica un incremento de 40,7%. A continuación se ubicó Vida Tres, que fijó el precio en 0,85 UF, esto es un alza de 34,9% y representa 10,2 UF anuales. Luego le siguió Colmena, con una prima GES de 0,93 UF, lo que significa que registró el menor aumento (20,8%) de este proceso de ajuste, y se traduce en 11,16 UF anuales. El menor cobro lo registró Esencial, con 0,8 UF mensual, o 9,6 UF anual.
El exsuperintendente de Salud, Patricio Fernández, considera que de ser efectivo el fallo, “efectivamente pone a la industria en una situación financiera muy compleja, fundamentalmente a tres isapres, que son las que informaron el año pasado los precios más elevados, como Consalud, Cruz Blanca y Nueva Masvida. La merma en los ingresos de estas isapres va a ser relevante, considerando además que una vez que quede ejecutoriado el fallo, las isapres van a tener que reconocer en sus estados financieros esta merma, que además van a tener que garantizar, por lo tanto, se genera un doble efecto aún mas complejo”.
Fernández agrega que “de aquí a un periodo de tres meses es altamente probable que a lo menos estas tres isapres, si es que no hay un aumento de capital, incurran en algún incumplimiento de los indicadores legales, esto puede incluso generar que las isapres entren en un plan de ajuste y contingencia, o incluso en la designación de un administrador provisional”.