El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) informó hoy su aprobación del acuerdo conciliatorio entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la Compañía de Cervecerías Unidas (CCU), poniendo término al requerimiento presentado por la fiscalía en agosto de 2022 en contra de la empresa del Grupo Quiñenco, por “incumplir compromisos adquiridos en un avenimiento firmado el 2008 para proteger la libre competencia en el mercado de la cerveza”.


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El tribunal, al aprobar el acuerdo de conciliación, resolvió que “las bases de conciliación ofrecidas no atentan contra la libre competencia″.

En concreto, CCU se comprometió en el acuerdo a pagar a beneficio fiscal 3.000 Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a más de US$2.4 millones). Además, asumió una serie de obligaciones con el fin de eliminar restricciones a la venta y exhibición de cerveza de los competidores de la compañía en establecimientos comerciales que corresponde al canal on premise, on trade, o de consumo inmediato, en los cuales la participación de CCU equipara cerca de 90% del volumen de ventas.

Para poder abrir el segmento a otras empresas competidoras, otro de los acuerdos considera que cuando CCU entra máquinas schoperas a los restaurantes, bares o pubs, deberán tener entre 4 y 7 salidas de cerveza. Con esto se busca garantizar que al menos una de estas salidas sea usada por un proveedor que tenga menos del 5% de participación de mercado en el país.

“En aquellos casos en que las máquinas schoperas tengan ocho o más salidas de cerveza, CCU deberá garantizar el uso de dos salidas”, agregó la FNE.

En el caso de los equipos de refrigeración entregados por la CCU, el acuerdo obliga a la compañía a disponer su bandeja inferior para que los dueños de los establecimientos almacenen productos de las mismas características mencionadas anteriormente, siempre y cuando el espacio corresponde al menos al 20% de la capacidad de la máquina.

El compromiso también contempla que CCU defina en base a criterios objetivos, generales y no discriminatorios los aportes o pagos efectuados a los establecimientos por concepto de exclusividad publicitaria de cervezas. Esto, de manera que tales aportes o pagos no impidan, restrinjan o entorpezcan la venta de cerveza de terceros competidores de CCU en el canal de consumo inmediato.

Finalmente, el acuerdo considera la designación de un supervisor de cumplimiento imparcial e independiente, que responderá exclusivamente a la FNE y que reportará durante 5 años el cumplimiento por parte de CCU del acuerdo.