El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), aprobó el miércoles en todas sus partes el acuerdo extrajudicial suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) e Inversiones Lota Green (ex Inversiones Caburga).
Según informó la FNE en un comunicado, el acuerdo -que fue presentado a inicios de enero- contiene una serie de acciones comprometidas por la empresa para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el acuerdo extrajudicial aprobado por el Tribunal en junio de 2017. Esto cuando aún no estaba vigente el sistema de control obligatorio de operaciones de concentración implementado por la Ley 20.945 y Lota Green adquirió todas las acciones que Holchile S.A. poseía en Cementos Polpaico.
Durante la investigación realizada para fiscalizar el cumplimiento de estos compromisos, la FNE constató que Lota Green cumplió con la desinversión, pero no con algunas de las obligaciones que se mantenían vigentes tras ella.
Algunas de estas obligaciones incumplidas por parte de la empresa fueron, de acuerdo a la resolución del TDLC, que Lota Green no cumplió con algunas de las condiciones para la determinación del precio de venta al que debía suministrarse el cemento y los áridos a la filial desinvertida. Esto además del no envío de tres reportes de cumplimiento a la FNE, no auditar dichos reportes y no notificar los hallazgos anteriores, en el plazo de dos días hábiles establecidos en el acuerdo.
En tanto, Lota Green reconoció haber incurrido en las faltas, de acuerdo a la resolución, pero declaró que “respecto del precio de venta del cemento y los áridos a la filial desinvertida, el precio fue menor al que habría resultado de la aplicación de los mecanismos de determinación del precio previstos en el AE-14, lo que habría sido beneficioso para la posición competitiva de la filial desinvertida”.
Además, señaló que en cuanto al incumplimiento de la obligación de enviar tres reportes de cumplimiento, esto se debió al “estado de emergencia decretado a partir de fines de 2019 y respecto de los dos del año 2020, a las restricciones impuestas por la pandemia del COVID-19. Ambos reportes fueron entregados el 2 de abril de 2021″.
Finalmente, la empresa también indicó que en relación con el no cumplimiento de auditar los reportes de cumplimiento, “respecto de los áridos no fue posible desarrollar dicha auditoría por ausencia de ventas de áridos a terceros en la composición o mix requeridos por una empresa de producción de hormigón, existiendo solo ventas esporádicas”.
EL TDLC finalmente resolvió que “las obligaciones asumidas por Lota Green en el Acuerdo Extrajudicial (…) cautelan adecuadamente la competencia en el mercado en cuestión y resultan proporcionales y suficientes para poner término a la Investigación”.
Por otra parte, las obligaciones a las que se comprometió Lota Green consisten en que deberá publicar, durante el periodo de un año contado desde que la resolución que apruebe el acuerdo se encuentre firme y ejecutoriada, el texto del acuerdo en el sitio web de las entidades pertenecientes a su grupo empresarial que participan en el mercado de hormigón premezclado, en una sección de fácil visualización y acceso para terceros.
El otro compromiso suscrito por la empresa es pagar a beneficio fiscal la suma de 270 UTA, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo.