El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) inició este jueves un proceso de consulta para dictar una instrucción general sobre las tasas de intercambio en el mercado de pagos con tarjeta, hasta que estas sean reguladas por ley.

En la resolución, el TDLC afirmó que el 15 de junio de 2020 la Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó ejercer la facultad de dictar instrucciones de carácter general en el mercado de tarjetas de pago, pero que esta fue rechazada el 21 de julio en razón de que el Ministerio de Hacienda informó que estaba en preparación un proyecto de ley que abordaba la materia.

Más tarde el 20 de octubre de este año, Hacienda afirmó que “el proyecto de ley está en su fase final de preparación y será prontamente ingresado al Congreso a través del Senado. El mencionado proyecto de ley establece que las obligaciones de pago de tasas de intercambio por transacciones nacionales con tarjetas de pago, entre emisores y operadores de tarjetas de pago, estarán sujetas a límites, determinados por un Comité especialmente creado al efecto”.

Sin embargo, el TDLC señaló que a la fecha el Ministerio Hacienda no ha presentado el proyecto de ley que regula las tasas de intercambio y que en vista que se detalló la creación de un comité técnico para que determine los límites a las tasas, no es posible esperar la regulación de las tasas en un plazo breve.

Por otra parte, el Tribunal afirmó que si bien existe un proyecto de ley en tramitación en el Congreso Nacional que trata sobre esta misma materia y que el Ejecutivo le ha asignado suma urgencia, este todavía se encuentra en su primer trámite constitucional y no presenta avances desde octubre de este año.

En esta línea, el TDLC concluyó que “en este contexto y sin perjuicio de estimar que la regulación definitiva de las tasas de intercambio debe realizarse por la vía legislativa, con el fin de fomentar la competencia en el mercado de medios de pago con tarjetas y prevenir posibles atentados contra la libre competencia, resulta indispensable dictar las instrucciones de carácter general que deberán considerar las empresas al determinar las tasas de intercambio, hasta que las mismas se regulen por ley”.

Por último, el Tribunal ofició a los ministros de Hacienda y de Economía, al Banco Central de Chile, a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a la Fiscalía Nacional Económica (FNE), a Mastercard International Incorporated, Servicios Visa International Limitada, American Express Travel Related Service Company INC., Transbank S.A., Multicaja S.A., Flow S.A., y a la Asociación de Empresas de Innovación Financiera de Chile, para que, así como otros que también tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial.