Vocera de la Suprema afirma que la restitución de cobros en exceso debe ser un tema “de acuerdo” entre la Superintendencia y las Isapres
Ángela Vivanco abordó además que las afirmaciones del presidente de la Asociación de Isapres, quien descartó calificar como "cobros abusivos" los dineros que éstas deberán restituir, y descartó que se pueda “poner a un fallo de la Corte Suprema en el mismo escalón de una discusión que haya sobre opiniones o debates”.
Tres meses y medio han transcurrido desde que la Corte Suprema dictó un fallo que, pese a entregar certeza jurídica a la industria de las Isapres, sigue generando temores sobre el futuro de las aseguradoras de salud privadas. Ello, porque lo resuelto por el máximo tribunal fijó un solo criterio en materia de la aplicación de tablas de factores, definiendo que sólo se puede usar la dictada por la Superintendencia de Salud, en distintas circulares, y que entró en vigencia en abril de 2020.
Por ello mismo, la máxima instancia judicial consideró que todas las otras tablas que han sido aplicadas desde ese entonces no correspondían, y ordenó al regulador determinar, dentro de seis meses, las cantidades recibidas en exceso y restituir dichos pagos a los afiliados como excedentes de cotizaciones.
Hasta el momento, y de manera preliminar, las autoridades han estimado que las isapres deberán restituir hasta US$1.400 millones a sus afiliados, monto que nuevamente hizo revivir los temores por inminentes quiebras de isapres. Mientras, las autoridades buscan tramitar una ley corta que permita dar cumplimiento al fallo, en medio de los temores de la industria de que dicha alternativa no resuelva el problema, arriesgando el cierre de algunas aseguradoras privadas.
En dicho contexto, la vocera de la Corte Suprema, ministra Ángela Vivanco, se refirió este jueves al dilatado proceso de cálculo del monto a restituir, en medio de rumores de que el Ejecutivo solicitaría más plazo al máximo tribunal para concluir dicha tarea.
En su vocería ante medios de comunicación, explicó que el máximo tribunal dejó la tarea de calcular los montos pagados en exceso a la Superintendencia del ramo “porque este es un fallo de efectos generales para todos aquellos que han sido afectados por la imposición de tablas de factores que no correspondían”, y, agregó que “la dimensión de cuántos son y en qué medida, dependen de los tiempos, del grupo familiar, de la isapre, del plan y de los factores que se aplicaron”. Es decir, es caso a caso.
Por ello, enfatizó que en los distintos pronunciamientos de la Corte se estableció “desde cuándo y cuál es el tiempo en que hay que resolver este tema, y el resto es un tema de conversación y de acuerdo entre la Superintendencia de Salud y las Isapres”.
Vivanco enfatizó que el cálculo “era imposible de hacer por los Tribunales” ya que “no había cómo establecer en el fallo cuánto y de qué modo se tenía que devolver esto, porque en primer término se tiene que hacer un trabajo de pesquisa y de determinación de cada afiliado”.
“Nosotros no tenemos los medios, ni tampoco somos un ente político como para determinar qué es políticamente más adecuado y más viable o no para las isapres”, remarcó la ministra del máximo tribunal.
¿Son cobros “indebidos”?
En su diálogo con la prensa, Vivanco también fue consultada por las afirmaciones que ha realizado el presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Simón, quien descartó que los cobros en exceso realizados desde abril de 2020 a la fecha del fallo se puedan calificar como “indebidos”.
“Es importante decir que estamos en presencia de un fallo judicial, y los fallos se cumplen. En consecuencia, eso no está en discusión”, dijo al respecto la vocera de la Corte Suprema.
Vivanco fue más allá, y afirmó que “nosotros nos vamos a discutir la pertinencia de un fallo judicial, dictado por el máximo tribunal del país, y que además es consistente con la jurisprudencia anterior del tribunal mismo y también con la jurisprudencia que ya tienen casi 13 años del Tribunal Constitucional”, en alusión al pronunciamiento que catalogó como inconstitucionales las alzas de precio de los planes de las isapres, el año 2010.
“Cualquier calificación sobre ese fallo es una materia de opinión, nosotros respetamos eso profundamente”, agregó Vivanco, “pero no se puede poner a un fallo de la Corte Suprema en el mismo escalón de una discusión que haya sobre opiniones o debates”, remarcó.
No se ha solicitado más plazo
Vivanco también respondió consultas sobre las versiones que han surgido en torno a una posible solicitud de prórroga de parte del Ejecutivo, para obtener más plazo de los seis meses originales, otorgado a la Superintendencia del ramo, para ver cómo las isapres deberán devolver los cobros en exceso a sus afiliados.
Al respecto, dijo que “esa petición no se ha hecho y solo se ha anunciado por la prensa”, pero que, de realizarse, “es una petición que se tendrá que resolver en su mérito cuando se presente”.
“En los tribunales las cosas se hacen de manera formal, así que si es que alguien quiere pedir una ampliación del plazo, tendrá que fundamentarlo y pedirlo como corresponde”, agregó Vivanco.
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