Sancionado por Caso Cascada queda fuera de lista de Grandes Contribuyentes de SII

Indagan robo de datos en el SII
09 de mayo de 2013/ SANTIAGO Funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) conversan mientras personal del del OS-9 y Labocar de Carabineros realiza diligencias para esclarecer la sustracción de datos desde las oficinas del la Dirección del Gr...



Uno de los últimos cambios anunciado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre Grandes Contribuyentes vino a modificar el escenario para uno de los involucrados en el caso Cascadas.

En diciembre de 2014 el SII anunció que los implicados en el caso, sus sociedades y familiares pasaban precisamente a ser parte de la lista de Grandes Contribuyentes, grupo sobre el cual recae una especial fiscalización por parte del Servicio.

El asesor y abogado de Julio Ponce Lerou, Roberto Guzmán Lyon, multado a raíz del escándalo financiero con US$23 millones, fue uno de los seleccionados por el organismo para incorporarse a la lista. Además, de él, se sumaron las sociedades que controla: Inversiones Jaipur, Inversiones del Parque Ltda., Inversiones Silvestre Corporation (Chile) Ltda., y Servicios Profesionales Guzmán y Manríquez Ltda.

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Entre las 890 empresas que salieron de la lista a partir de este año, destacan las sociedades de Guzmán Lyon. Ponce Lerou y sus sociedades, en cambio, dejaron de ser parte del grupo hace a lo menos un año, según el registro de RUT publicados por el organismo fiscalizador.

La salida de las sociedades ligadas al abogado obedece a los nuevos estándares establecidos por el SII: si en 2017 aplicaban 10 criterios, este año son sólo dos. Para este ejercicio, los grandes contribuyentes serán aquellos con ingresos o ventas anuales iguales o superiores a 90.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) -alrededor de US$84 millones-, en todos y cada uno de los tres últimos años comerciales; o aquellas multinacionales que estén obligadas a presentar el "Reporte País por País", en Chile o en el extranjero.

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Entre los requisitos de 2017 que se eliminaron están el poseer un Capital Propio Tributario igual o superior a UTA 110.000; tratarse de contribuyentes que sean propietarios, en forma directa o indirecta, de un 20% o más del capital de otras empresas; estar sometidos a la fiscalización de las superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras, de Valores y Seguros, de Salud y de Pensiones, con ingresos por su giro sobre UTA 5.000; haber declarado exportaciones por un monto anual igual o superior a UTA 25.000; de la Gran Minería; que desarrollan actividad bancaria, entre otros.

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Según explicó el Servicio a PULSO, los cambios buscan busca "mejorar la gestión del cumplimiento tributario, y en atención al dinamismo con que suceden los acontecimientos en la vida económica, se hace necesario actualizar y/o modificar los criterios por los cuales se incorporan y/o excluyen a los contribuyentes en la Nómina".

Recordó que la mayoría de los países con programas especiales para este segmento incluyen en sus nóminas un número total de contribuyentes que representan entre el 35% y el 50% de la recaudación tributaria, con criterios de selección objetivos y simples. "En el caso nuestro, los números comparativos de cobertura y alcance indican que la nómina 2017 representaba el 39,7% de la recaudación; y la actual representa 38,4%. En 2017 representaba 58% de las ventas; y la actual representa, 55,6%. Por lo tanto, no existe una reducción de la cobertura de fiscalización", aseguraron desde el SII.

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