Este lunes el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Ernesto Muñoz, manifestó su preocupación respecto a la noticia de que el Tribunal Constitucional (TC) habría decidido eliminar la facultad sancionatoria y normativa del proyecto de Ley que fortalece a la entidad.
"Si bien no se conoce aún el fallo por parte del TC, ya que se trata de un proceso del cual no tenemos información, debo señalar que su efecto sería profundamente negativo, ya que debilitaría de manera importante el proyecto que busca equilibrar la cancha entre consumidores y empresas", aseguró Muñoz y explicó que si se priva al organismo de la facultad sancionatoria algunas empresas preferirán pagar eventuales multas que cumplir con la ley.
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"Para proteger a las personas de los abusos, el Estado debe ser efectivo en sancionar a quienes no cumplen con la Ley. Cuando esto no ocurre, las malas prácticas continúan. Por ejemplo en el caso de las farmacias, hace unos días denunciamos a 11 de ellas por incumplimientos a la ley del Consumidor en materia de información de precios, lo que significa 87 denuncias en los últimos años. Otro caso reciente es la demanda contra la empresa Hites por cobros que superan el límite a la tasa de interés. Esto demuestra que lamentablemente con la ley actual, a muchas empresas les sale más barato infringir la ley", señaló.
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El proyecto de ley que fortalece al Sernac fue discutido durante más de 3 años en el Congreso y fue aprobado por unanimidad. "No existieron requerimientos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Por ejemplo, la facultad sancionatoria se vio en 6 comisiones y en ambas cámaras, y se aprobó por unanimidad", destacó el director del organismo.
Por otro lado, Muñoz aseguró que un fallo de esta naturaleza sería preocupante ya que "sería cambiar el concepto de control preventivo asociado a Leyes Orgánicas Constitucionales, cuestionando no sólo las nuevas atribuciones del SERNAC, si no que también las bases de las facultades que actualmente tienen otros órganos de la administración, tales como las Superintendencias, la Dirección del Trabajo y el Servicio de Impuestos Internos"
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De todas formas, en el caso de que el TC decida declarar inconstitucional alguna de las normas del nuevo Sernac, el Ejecutivo de todos modos debe promulgar y publicar como ley la iniciativa, pero sin incorporar en su articulado el contenido objetado. El único espacio para subsanar un eventual vacío legal sería a través de una ley corta, que recoja las supuestas prevenciones del Tribunal.