El Servicio de Impuestos Internos (SII) partió el año simplificando, esta vez con los Grandes Contribuyentes al reducir ostensiblemente el número de empresas o RUT que serán fiscalizados bajo este criterio. De 1.871 RUT calificados en esa categoría en 2017, pasarán a ser sólo 891 en 2018, ya que 980 empresas salieron de la lista, es decir un 57% pasó ser contribuyente común.
Si bien la resolución es del 29 de diciembre pasado, los efectos son para este año. A través de ella, el director del SII, Fernando Barraza, determinó ajustar los requisitos para ser considerado dentro de los Grandes Contribuyentes y,por ende, ser fiscalizado por esta oficina o dirección especial del organismo.
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Entonces, la resolución 129 redujo a sólo dos los criterios para ser considerados en esta lista, muy distante de los diez criterios de la resolución 128 de 2016. Para este ejercicio, los grandes contribuyentes serán aquellos con ingresos o ventas anuales iguales o superiores a 90.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) -alrededor de US$84 millones-, en todos y cada uno de los tres últimos años comerciales; o aquellas multinacionales que estén obligadas a presentar el "Reporte País por País", en Chile o en el extranjero.
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Para el cambio de enfoque, el SII argumenta que busca "mejorar la gestión del cumplimiento tributario, y en atención al dinamismo con que suceden los acontecimientos en la vida económica, se hace necesario actualizar y/o modificar los criterios por los cuales se incorporan y/o excluyen a los contribuyentes en la Nómina".
También se recuerda que el director puede incorporar o aceptar nuevos integrantes a esta lista a petición de los contribuyentes, y que esa dirección "podrá iniciar la fiscalización, de personas o empresas que mantengan, de manera directa o indirecta, una relación comercial, patrimonial o un interés económico con contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes".
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Se destaca que aquellos que eran sujetos de fiscalización y/o tramitación de solicitudes administrativas de parte de la Dirección de Grandes Contribuyentes "continuarán bajo su jurisdicción, hasta su debido término, aunque el sujeto no haya sido calificado como tal".
Entre los requisitos de 2017 que se eliminaron están el poseer un Capital Propio Tributario igual o superior a UTA 110.000; tratarse de contribuyentes que sean propietarios, en forma directa o indirecta, de un 20% o más del capital de otras empresas; estar sometidos a la fiscalización de las superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras, de Valores y Seguros, de Salud y de Pensiones, con ingresos por su giro sobre UTA 5.000; haber declarado exportaciones por un monto anual igual o superior a UTA 25.000; de la Gran Minería; que desarrollan actividad bancaria, entre otros.
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SII explica
Esta reducción de la nómina casi a la mitad es una medida adecuada según el socio Tax & Legal de PwC, Rodrigo Winter: "Es positivo, porque se adopta un criterio más internacional que local, al limitarse las causales se hace más simple de determinar. El hecho de que el listado se redujera a la mitad va a permitir que el servicio focalice más sus recursos".
Recuerda que en la nómina se mantenían empresas que no reunían los criterios para ser grandes y otras que lo eran, no estaban. Admite, no obstante, que para algunos contribuyentes estar bajo la tutela de esa dirección era más conveniente.
"Esta dirección es más especializada. Muchas veces contribuyentes que no están en el listado rompían el parámetro regional al acudir a la oficina correspondiente, entonces agradecen estar en manos de fiscalizadores más preparados" comentó.
Desde el SII precisaron que se hizo un esfuerzo por simplificar los criterios, "optando por asimilar el global de los ingresos brutos, tal como en las Administraciones Tributarias más desarrolladas. Con los nuevos criterios, la nómina definida logra una cobertura considerable de recaudación e ingresos país, con representación de los grupos empresariales más importantes y manteniendo todos los segmentos de interés vigentes (gran minería, banca, retail, etc.), y las más grandes reguladas por las superintendencias y los principales exportadores".
Recordó que la mayoría de los países con programas especiales para este segmento incluyen en sus nóminas un número total de contribuyentes que representan entre el 35% y el 50% de la recaudación tributaria, con criterios de selección objetivos y simples. "En el caso nuestro, los números comparativos de cobertura y alcance indican que la nómina 2017 representaba el 39,7% de la recaudación; y la actual representa 38,4%. En 2017 representaba 58% de las ventas; y la actual representa, 55,6%. Por lo tanto, no existe una reducción de la cobertura de fiscalización", aseguraron desde el SII.
Asimismo, indicaron que se fortaleció la mirada de grupo económico y de monitoreo de las planificaciones tributarias y transacciones relevantes. Y que entre los lineamientos de la nómina están asegurar altos niveles de cobertura y recaudación directa e indirecta; concentrar a los contribuyentes con patrimonio relevante y número de empleados; e incluir a aquellos con estrategias económicas, financieras y tributarias complejas.