A través de un sorpresivo dictamen -uno de los primeros de la gestión de Jorge Bermúdez al mando de la Contraloría General de la República- el organismo sentó un nuevo precedente en materia de evaluación de impacto ambiental y de protección de áreas de patrimonio cultural.

Esto, al ampliar el concepto por el cual los proyectos de inversión vinculados a dichas zonas deben ser sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Lo anterior, luego de revisar la jurisprudencia administrativa sobre el alcance de la expresión “áreas colocadas bajo protección oficial” contenida en la ley de Base del Medio Ambiente, y en particular, la incidencia de ese criterio en los proyectos a realizarse en áreas de protección patrimonial cultural definidas o reconocidas en los instrumentos de planificación territorial.

Dicho de otro modo, el dictamen define que todos los proyectos ubicados en zonas de valor patrimonial -determinadas así por la normativa vigente- deberán ser evaluados en el marco de la institucionalidad ambiental vigente, mediante un estudio de impacto ambiental (EIA).

El dictamen ha generado preocupación entre abogados especialistas en litigio ambiental, el mundo académico e incluso ex autoridades, quienes sostienen que se trataría de un cambio en las reglas del juego de complejas consecuencias. Una de ellas sería el de sobrecargar el Sistema de Evaluación Ambiental.

“Ahora van a ingresar proyectos que antes no ingresaban y también proyectos que ingresaban como DIA, ahora lo harán como EIA en un mayor número. Se complejizará aún más el Sistema de Evaluación Ambiental”, estimó Mario Galindo, uno de los abogados más respetados a nivel nacional en materia de litigación ambiental.

Más directa aún en su juicio se mostró la abogada Paulina Riquelme, experta en derecho ambiental.

A su juicio, el dictamen “genera incertidumbre, porque amplía importantemente el concepto de protección oficial. Esto más aún cuando existe un instructivo de la Conama que estaba vigente, que llevaba a la práctica cuáles eran las áreas de protección oficial para el SEA”.

En tanto, el ex subsecretario de Medio Ambiente, Rodrigo Benitez explicó que “el alcance en este caso es que los proyectos no ingresarían por causar impactos por sí mismos, por ejemplo por tratar residuos peligrosos, sino sólo por el hecho de emplazarse en alguna de esta zonas. Es decir, un proyecto que normalmente no debiera someterse a evaluación, con esta interpretación sí lo requerirá si se ubica en estas áreas”.

Perfil ambiental

El actual contralor tiene amplios conocimientos en derecho administrativo y derecho ambiental. Uno de sus libros, Fundamentos de Derecho Ambiental, es uno de los textos de cabecera de los estudiantes de derecho de la UC, afirma Ricardo Irarrázabal, Vicedecano de la Facultad de Derecho.

“Este fallo denota la mano del contralor en estos temas. Lo que hace el contralor es llevar a una aplicación práctica la definición de medio ambiente de la Ley de Bases de Medio Ambiente que incluye elementos socioculturales dentro de la legislación ambiental”, explicó el académico.

Una mirada distinta tuvo el presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad, Patricio Herman, quien comentó que se trata de un rayado de cancha necesario.

“No genera incertidumbre, porque se aclaran las reglas del juego. Se raya la cancha en términos de que todos los inversionistas que quieren hacer buenos negocios a partir de este dictamen de la Contraloría van a tener en cuenta que si sus proyectos se emplazan en las inmediaciones de zonas protegidas tienen que hace un Estudio de Impacto Ambiental”, sostuvo Herman.