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Subtel establecerá estándares mínimos de servicio a la industria de telecomunicacione

La industria de telecomunicaciones crece a pasos agigantados. Por esta razón, la autoridad decidió establecer criterios que trasparenten los servicios que ofrecen las compañías a los usuarios. Ya lo había anunciado el subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton, y desde ayer se puso a disposición de la ciudadanía el reglamento que contiene las obligaciones mínimas que deberán cumplir las empresas proveedoras de internet, telefonía fija y móvil y de televisión en materia de calidad de servicio.

El principal rayado de cancha es para las proveedoras de internet. La normativa establece por primera vez estándares de calidad técnica a este servicio y define como banda ancha a los servicios de acceso a internet que entregan sobre 1 mega de velocidad, todo bajo ese indicador deberá ser comercializado como internet móvil.

Además, Subtel indica a las empresas que tienen un periodo de tres años para ajustar las velocidades promedios de navegación de red fija y móvil. Esto significa que si un cliente contrata un plan de 10 megas en red fija, la compañía debe garantizar que en horario punta navegará mínimo a un 50% de la velocidad contratada (cuando accede a contenidos internacionales) y 70% en horario normal. Estos estándares son aún más exigentes cuando se trata de accesos a portales nacionales, para los que se establece un 70% de la velocidad contratada en horario punta y un 80% durante el resto del día.

La medición se realizará de manera transversal para todos los servicios de telecomunicaciones, el reglamento entrega facultades a la Subtel para que se revisen mensuales  los parámetros con posterior publicación en la web para que los usuarios puedan tener un sistema real de comparación de servicio. Un elemento que se agrega en este punto es que las empresas deberán entregar información de los indicadores a nivel regional y no por promedio nacional como ocurre hoy, por lo tanto se podrá ver el real comportamiento de sus redes en cada zona, sin posibilidad de que se disimulen las fallas locales.

En el caso que las compañías no cumplan con los estándares incluidos en el reglamento (ver nota relacionada) se exponen a multas establecidas en la ley general de telecomunicaciones que puede ser desde las 1.000 UTM la máxima hasta las 3.000 UTM en caso de reincidencia con la opción de que se cursen multas diarias si es que el problema no se soluciona.

La normativa estará durante 30 días en consulta pública en el portal de la Subtel.

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