La Corte Suprema acogió la reclamación presentada a principios de agosto por la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Chilenos (Asilfa) y ordenó a la Central Nacional de Abastecimientos (Cenabast) adoptar medidas de revisión de los procesos de licitación pública de medicamentos e insumos médicos para instituciones públicas de salud.

Esto luego que el gremio ingresara ante el máximo tribunal un recurso contra la resolución del Tribunal de la Libre Competencia que desestimó que ciertas licitaciones de la Cenabast atenten contra la libre competencia como señalaba la Asociación.

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La Corte acogió la acción deducida en contra de la resolución dictada por el TDLC argumentando que "el órgano se encuentra facultado para imponer multas, en tanto autoridad administrativa y en representación del contratante perjudicado con el incumplimiento. Sin embargo, el destino de dichos fondos no puede ser su patrimonio propio, precisamente por su calidad de mandatario y en tanto no existe norma legal que le faculte para ello".

Agrega que "la incidencia de este punto, en tanto se trata de sanciones que eventualmente pueden afectar a los proveedores y que son aplicadas por el mismo órgano que las capta, hace necesaria la explicitación de su destino, en el marco de las bases tipo que, a su vez, contienen el catálogo de obligaciones cuyo incumplimiento las gatilla".

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La Suprema considera, además, que "todas las falencias hasta ahora anotadas reflejan que, dentro del mercado relevante del aprovisionamiento de medicamentos e insumos médicos a establecimientos públicos, Cenabast ha utilizado su posición dominante en cuanto a la demanda y su calidad de mandataria concentradora del poder comprador, a fin de establecer condiciones de mercado que hacen soportar a los oferentes las consecuencias de la mora de los deudores".

En ese sentido, la Corte acusa a la Central de que "no ha generado incentivos para el pago regular y oportuno o, alternativamente, un escenario que estimule la participación, competencia, ingreso y mantención de los oferentes en el mercado. Por el contrario, la regulación de los plazos de pago y las consecuencias de la mora configuran una barrera de entrada para nuevos competidores, puesto que los obligan a someterse a un contexto que requiere ser considerado, tanto para adoptar la decisión de presentar una oferta, como para la fijación de los precios".

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