La Corte Suprema dejó bien clara su postura frente al tema de protección de datos personales en un oficio enviado al Senado el 13 de marzo, mismo día en que la Presidenta Bachelet firmaba el proyecto sobre el tema.
Es que la Corporación le había consultado al Pleno su parecer sobre el proceso de reclamo, concebido en el proyecto de protección de datos presentado en enero por el actual presidente de la Comisión de Constitución, senador Felipe Harboe (PPD).
En el oficio de respuesta los supremos mencionaron que la moción no creaba un organismo para la protección de datos porque los parlamentarios no tienen facultades para ello, no obstante se pronunciaron sobre la urgencia de contar con ella. "La inexistencia de una institucionalidad adecuada parece ser uno de los defectos más importantes del sistema", indicaban en el oficio.
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Recalcaban asimismo que la ley actual y la propuesta de Harboe no cumplía con los estándares que exige la comunidad internacional. "Cabe observar que habitualmente las normativas que regulan el derecho a la protección de los datos personales van acompañadas del establecimiento de autoridades encargadas del control o supervisión de su cumplimiento. En general, a esta institucionalidad se le entregan facultades que implican, a lo menos, contar con total independencia de los poderes políticos en el ejercicio de sus funciones y estar dotadas de atribuciones que permitan la supervisión adecuada de las normas específicas de protección de datos. En general los países que cuentan con autoridades de control con las prerrogativas señaladas cumplen con un nivel adecuado de protección".
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Este comentario del Pleno no es irrelevante si se considera que el proyecto enviado por el Ejecutivo crea una Agencia de Protección de Datos pero supeditada al Ministerio de Hacienda, por ende carece de la autonomía que se sugiere.
"Se hace palpable la necesidad de reformar la ley de protección actualmente vigente desde una perspectiva holística, que se desarrolle sobre la base de la institucionalidad necesaria que garantice una efectiva protección de las personas y una adecuada trasparencia en la administración del Estado", sostuvo el Pleno.
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Los supremos no son los únicos que han sugerido una mayor autonomía de la entidad, ya que el Consejo para la Transparencia también ha manifestado este parecer, incluso tras el envío del proyecto del gobierno al Congreso mencionando que las funciones de la protección de datos podría haber quedado bajo el mismo alero.
"Esta es una discusión muy válida, pero hay muchos casos en el mundo en que hay agencias distintas separadas del Consejo para la Transparencia. Seguramente vamos a tener este debate en la Comisión", admitió el senador Harboe al recordar que España, que cuenta con una agencia de protección de datos muy robusta, está separada de la entidad que facilita el acceso a la información pública.
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Cabe recordar que el senador también era partidario de una agencia autónoma del poder político, pero recalcó que ello no impedirá que la iniciativa enviada por el Ejecutivo avance rápido. "Quedamos con una agencia discreta pero es un avance respecto de lo que no hay. El Consejo Europeo está mucho más evolucionado, juegan en primera división y nosotros recién estamos entrando en la primera B, puede que con el tiempo lleguemos a tener una institución autónoma, pero hay que partir por algo", acota.
Menciona el caso del Servicio Electoral que durante 50 años fue una oficina del Ministerio de Interior, después se convirtió en servicio público y ahora es autónomo. "Probablemente tengamos en el inicio una agencia de protección de datos dependiente del Ministerio de Hacienda, y después se verá si el chasis institucional es suficiente. No pretendo enredar el proyecto en su conjunto por una discusión de la institucionalidad, me interesa que los chilenos tengan derechos nuevos para defender la protección de sus datos", sostuvo.
De acuerdo a los plazos, Harboe anticipa una tramitación rápida en la Comisión de Constitución: "Espero que a mediados de año esté listo, saliendo del Senado" dijo. Posteriormente el texto debe ir a la Cámara de Diputados para su análisis.
Procedimientos distintos. En el fondo, el oficio de la Corte Suprema abordaba el procedimiento de reclamación propuesto en el proyecto de Harboe, cuando el titular de los datos no está de acuerdo o no recibe la respuesta de parte del registro o banco de datos.
El senador proponía recurrir al juez de letras en lo civil domiciliado en la zona del titular de los datos, y si no había conformidad se elevaría a la Corte de Apelaciones. Sólo pasaría directamente a la Suprema cuando se invoque como razón para denegar la solicitud del requirente la seguridad de la nación o el interés nacional. "La carga de trabajo que hasta ahora generan estas materias sobre los tribunales es de monto menor, en especial por lo muy específico de ellas; por lo que no es dable suponer que las modificaciones que trae el proyecto vayan a aumentarla".
En cambio, el proyecto del Gobierno es distinto para el proceso de reclamación porque sostiene que quienes se vean afectadas por una resolución final o de término de la Agencia de Protección de Datos Personales podrán deducir un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago u otra , subiendo un peldaño la acción. En todo caso la Comisión está a la espera del informe de la Corte sobre este segundo proyecto de protección de datos.