[Se modifica en el primer párrafo nombre de la empresa dueña del proyecto]
Un duro revés sufrió el proyecto Terminal GNL Penco Lirquén, propiedad de Andes Mining & Energy, y de pasada la central de ciclo combinado que busca emplazarse en Bulnes, Región del Biobío, llamada El Campesino.
¿La razón? La Corte Suprema decidió acoger el recurso de protección en contra del terminal marítimo de Gas Natural Licuado (GNL) Penco Lirquén, y revocar su resolución de calificación ambiental (RCA), otorgada el año pasado. El monto de inversión de terminal llegaba a los US$165 millones.
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Cabe destacar que dicho terminal sirve en parte para abastecer los requerimientos de su proyecto de ciclo combinado, El Campesino, planta que tiene un contrato de suministro energético (PPA) para abastecer clientes regulados que iniciará en enero de 2019.
Según se lee en el fallo de 23 páginas, la decisión del máximo tribunal se funda en que el proceso de evaluación presentaba vicios, particularmente en lo que respecta a la Consulta Indígena, ya que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) habría actuado de manera arbitraria al poner término anticipado a la consulta sin haber acudido a la comunidad. Esto una vez que la empresa presentara modificaciones a su proyecto a través de una Adenda.
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"Lo cierto es que este mecanismo de participación persigue un fin distinto de aquel que pareciera desprenderse de la resolución recurrida, ya que tal instancia, es una etapa previa en todo el proceso de otorgamiento de permisos ambientales y lo que persigue es precisamente que a través de la información completa e informada del titular del proyecto, a las Asociaciones Indígenas supuestamente afectadas, ellas puedan manifestar su conformidad con el proyecto evitando otras instancias recursivas que se establecen en la legislación ambiental y que efectivamente pudieran dilatar la implementación del mismo", se explica.
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Así determinó que "esta Corte brindará la cautela requerida, en razón que para la aprobación del proyecto Terminal GNL Penco-Lirquén, era necesario concluir el procedimiento de participación ciudadana previamente convocado, el que deberá ajustarse además a los términos que el Convenio N°169 contempla, lo cual permitirá asegurar el derecho antes aludido".
Con esto, el máximo tribunal decidió revocar la RCA, echando por tierra la idea por parte del titular de iniciar la operación del terminal en 2019. La decisión de la Corte, de hecho, retrotrae todo el proceso de evaluación ambiental hasta el momento en que el SEA puso término anticipado a la consulta.
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Y lo anterior, tendrá sus secuelas, ya que más de una central de ciclo combinado analizaba hacerse con parte de la capacidad de regasificación del terminal, cuantificada en unos 12 millones m3/día.
El proyecto buscaba tener capacidad para atracar dos naves, una de ellas del tipo FSRU (sigla en inglés que significa "Unidad Flotante de Almacenamiento y Regasificación"), la que estará atracada permanentemente, y una nave de transporte o "carrier" que abastecerá de GNL a la nave FSRU.