La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) anunció esta tarde el rechazo a los recursos de reposición presentados por los sancionados en Caso Cascada, donde el organismo regulador impulso una multa de US$164 millones.
El organismo desestimó los recursos que habían sido presentados por LarrainVial Corredora de Bolsa, Julio Ponce, Leonidas Vial, Manuel Bulnes, Felipe Errázuriz, Roberto Guzmán y Aldo Motta.
En cuanto a los argumentos presentados por Julio Ponce, donde pide dejar sin efecto la multa cursada en su contra debido a la presentación de antecedentes que considera "nuevos" dado que no constaban en el proceso y, por ende, no fueron ponderados por la autoridad. En este punto, la SVS asegura que estos "nuevos" antecedentes fueron conocidos por el organismo "desde mucho antes de dictar la resolución" y de haber sido necesario o conducentes "necesariamente habrían sido incorporados al expediente".
Respecto al recurso presentado por LarrainVial, la SVS argumenta "la falta de fundamento" exhibido por la corredora al momento de decir que "no podían saber, conocer o presumir la existencia del esquema" por el cual fueron sancionados los participantes del Caso Cascada.
Sobre la participación de Leonidas Vial y la correspondiente multa, el documento presentado por la SVS dice que habiéndose acreditado que efectuó las operaciones objeto de cargos a efectos de ejecutar el esquema, y además siendo dichas operaciones antijurídicas "su responsabilidad administrativa en los hechos que se le imputaron, se encuentra debidamente acreditada".
Agrega que "los nuevos antecedentes aportados por el Sr. Vial no se refieren en ningún aspecto a las operaciones catalogadas por esta Superintendencia como el "patrón de la subordinación", donde no se habría seguido una lógica financiera alguna", y que el recurso presentado "no contiene antecedentes nuevos no conocidos por este Organismo al momento de su dictación, no habiéndose hecho valer ningún argumento ni presentado ningún elemento que permita modificar las decisiones contenidas en dicha resolución".
El rechazo a los recursos interpuestos por los multados en el caso implica la mantención de la sanción a la que fueron sometidos en primera instancia.