Las estadísticas son contundentes: a julio de este año se han acogido 47 demandas laborales por parte de la Corte Suprema. De ellas, un 96% han sido ganadas por los trabajadores y sólo un 4% de esos casos registra un veredicto favorable para los empleadores.

Ese es el diagnóstico que realizó el estudio jurídico especializado en litigios laborales Munita & Olavarría Abogados, a partir de fallos por recursos de unificación de jurisprudencia de la Cuarta Sala Mixta del máximo tribunal, que es la encargada de revisar contiendas derivadas del mercado del trabajo.

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En el desglose del informe de Munita & Olavarría Abogados se muestra que de un total de 82 juicios que han sido declarados admisibles -que incluye causas acogidas y rechazadas-este año por la sala especializada de la Suprema, un 55% terminó con una sentencia favorable para los trabajadores o sindicatos (45). En este tiempo sólo dos demandas fueron acogidas para las empresas.

El máximo tribunal decretó que eran inadmisibles -que no podían ser tramitadas- 294 causas.

Si bien casi la totalidad de los juicios han sido ganados por el sector ligado a los trabajadores frente a los empleadores, dicho grupo ha tenido una alta tasa de rechazo dentro de las causas sustanciadas (24%). Esto responde a que los trabajadores acuden más a tribunales que las empresas. Los recursos de unificación de jurisprudencia interpuestos por empleadores, que han sido desestimados por la Cuarta Sala, a su vez, ascienden a 15 (18%).

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A juicio de Enrique Munita, socio del estudio que levantó las estadísticas, el desequilibrio que se observa en los pronunciamientos de la Corte Suprema sobre recursos laborales "parece excesivo", por lo que cree, "sería conveniente revisar los criterios que han llevado a este resultado".

El experto que también asesoró a la Sofofa durante el debate de la Reforma Laboral complementa que la jurisprudencia actual "es muy posible que se deba a una exagerada aplicación del principio pro operario como criterio de interpretación de las leyes laborales". Añade que "al interpretar y aplicar la ley laboral se debe considerar el delicado equilibrio que debe existir entre los intereses de los empleadores (empresas) y trabajadores. Emitir un alto porcentaje de fallos favorables a los intereses de una de las partes pareciera no ir en ese sentido".

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Munita estima que el principio pro operario o pro trabajador debe ser aplicado restrictivamente, ya que de otra manera se produce una inclinación previa del juzgador en favor de una de las partes "y eso es incompatible con su misión", agrega.

Recuerda que la doctrina de las cortes europeas ha sido reiterada, en cuanto a la dudosa vigencia de dicho principio. "Ha sostenido la improcedencia de criterios previos, ya sea en pro o en contra de una de las partes del juicio", dice.

Una opinión más dura sobre los fallos pro trabajador de la Suprema tiene el abogado del programa legislativo de Libertad y Desarrollo (LyD), Sergio Morales. "Hay un activismo judicial despiadado, especialmente del ministro Carlos Cerda, quien actúa más como legislador que como juez, por lo que mejor debería haber sido senador o diputado", dispara Morales.

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El próximo año el ministro Cerda dejará la Corte Suprema, al cumplir el límite legal de edad de 75 años para desempeñarse en el cargo, abriéndose con ello un cupo en la sala laboral.

Casos emblemáticos

Desde 2014 la Cuarta Sala de la Corte Suprema dio un giro en 180 grados, volviendo a interpretar las normas usando el principio "pro operario" del Derecho del Trabajo.

La nueva conformación de la instancia empezó a darse desde marzo de 2014, quedando encabezada por Ricardo Blanco, Gloria Chevesich, Carlos Cerda y Andrea Muñoz. Con ello se modificó la jurisprudencia de decenas de fallos en que las interpretaciones pro empresariado primaron durante los cinco años en que el ministro Patricio Valdés fue su presidente.

Indemnización por despido, derechos laborales de empleados públicos, cotizaciones previsionales en caso de honorarios, y la prohibición del reemplazo en huelga tanto externo como interno, han sido algunas de las materias en las que la sala especializada provocó el rechazo de los empleadores y el aplauso de los trabajadores. Pero donde la instancia marcó un "remezón sin precedentes" que preocupa de sobre manera a los privados -pues podría incidir en un aumento de la conflictividad-, fue en la validación del derecho a huelga de trabajadores fuera de un proceso de negociación colectiva reglada.

Desde julio, la Cuarta Sala es presidida por el ministro Haroldo Brito, quien pidió ser trasladado desde la sala penal debido a su relación con la fiscal judicial del máximo tribunal, Lya Cabello. La llegada de Brito a la sala laboral implicó el traslado de Arturo Prado Puga a la tercera sala. Brito hoy es uno de los candidatos a presidir la Suprema, en reemplazo de Hugo Dolmestch.