Uno de los pilares fundamentales, sino el esencial, de la reinserción de las personas privadas de libertad, es la reinserción laboral. La legítima aspiración de las personas privadas de libertad a acceder a un empleo permanente y a un sueldo justo, es un incentivo eficaz para que puedan reintegrarse a la sociedad, a través de la adopción de hábitos laborales y competencias que permitan evitar la reincidencia delictual.

Durante el año 2016, 14.851 personas desarrollaron algún tipo de actividad laboral y 2.967 recibieron capacitación laboral, lo que corresponde al 50% y 10% de las personas privadas de libertad, respectivamente. Las estadísticas de reincidencia de Gendarmería de Chile indican que las personas que egresan de los centros de educación y trabajo, presentan un porcentaje de reincidencia significativamente menor que aquellas que no han recibido este tipo de intervención, a saber 20%, 8% y 39,5% de reincidencia respectivamente.

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El Comité Asesor para la Reinserción Social, instancia liderada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha puesto el foco en esta materia. Instituciones del mundo público, privado y ONG aportaron propuestas para seguir fortaleciendo estos programas públicos. Como Gobierno estamos convencidos de que la capacitación laboral es una medida fundamental para disminuir los índices de victimización y trabajar por una sociedad más segura, siendo a su vez una medida eficiente, por cuanto se elimina el costo de mantener a una persona privada de libertad, que asciende en promedio a $600.000 por cada interno.

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Para ello, en la nueva "Política pública de reinserción social", el Comité Asesor ha elaborado una serie de propuestas de corto, mediano y largo plazo, apuntando a fortalecer la reinserción laboral como pilar fundamental e insustituible de la reinserción social de las personas privadas de libertad.

Entre otras medidas, podemos destacar: la creación de un registro que relacione la oferta de capacitación con la demanda del mercado laboral local y nacional; la implementación de un registro especial de organismos técnicos de capacitación (OTEC) que permita la certificación para el trabajo de personas que están bajo la custodia de Gendarmería; el establecimiento de un subsidio a la contratación de personas infractoras de ley para el sector privado; el diseño de un programa especial con municipalidades para la contratación de personas condenadas que se encuentren en el sistema abierto y post penitenciario de Gendarmería, asegurando la vinculación, empleabilidad y seguimiento; la creación de un sistema de evaluación del impacto de los programas de empleo, tanto dependientes como micro emprendimientos; y la difusión de la ley que promueve la contratación de personas condenadas en el sector público.

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La normativa internacional, el respeto irrestricto de los DDHH y las reformas que se han llevado a cabo para mejorar el acceso, la calidad y la incorporación en procesos de formación y capacitación son parte esencial de la política pública que impulsamos como Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Reclusión no es sinónimo de exclusión. Privación de libertad no es sinónimo de privación de dignidad. Tenemos la convicción de que el trabajo es una herramienta de inclusión y fortalecimiento de la dignidad de las personas que han delinquido, y la forma más efectiva de tener un país más seguro y justo.

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*El autor es subsecretario de Justicia.