El Tribunal Ambiental de Santiago decidió acoger de manera unánime el Recurso de Reclamación interpuesto por la agrupación Alerta Isla Riesco en contra de la Resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Mina Invierno, la cual le permitía emitir una mayor cantidad de material particulado sedimentable (MPS) del que establece la ley.
La agrupación acudió a la justicia Ambiental luego de que el SEA declarara inadmisible la solicitud de invalidar la decisión adoptada por el ex Director Ejecutivo del SEA, Jorge Troncoso, en la cual se realizaba una petición aclaratoria sobre modificaciones a la Resolución de Calificación Ambiental por parte de la autoridad.
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Desde el Tribunal Ambiental indicaron que el recurso es admisible, debido que el SEA "modificó sustantivamente" dos aspectos del análisis de impacto ambiental: "alteró el valor límite de los niveles de material particulado sedimentable, aumentando sustancialmente la depositación efectivamente evaluada; y, como consecuencia, modificó la condición bajo la cual la autoridad exigiría medidas adicionales al proyecto, en caso de superarse los niveles de MPS".
Esto, debido a que en la RCA de la autoridad ambiental se utiliza la norma Suiza como límite, lo que vulnerara el marco regulatorio respecto de la utilización de las normas de referencia.
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Según lo señalado por la justicia ambiental, "Las infracciones (…) constituyen vicios esenciales que causan un perjuicio que sólo puede sanearse a través de la nulidad (…). Por todo lo señalado, la alegación de la reclamada en este punto debe ser acogida".