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Tricot gana en la Suprema litigio por una marca de ropa con Falabella

Las marcas de vestuario Newsports y Newport convivirán en el mercado nacional.

La Corte Suprema zanjó una dura batalla legal que enfrentaba a las multitiendas Tricot (que buscaba utilizar la marca Newsport) con Falabella, compañía que consideraba similitudes con su marca Newport.

El conflicto marcario entre ambas cadenas del retail es de larga data. La historia comienza hace años, cuando Falabella (ligada a las familias Solari, Del Río y Cúneo) inscribió Newport para una marca de una de sus líneas de ropa masculina. Años después, ante el Instituto de Propiedad Industria, Tricot (controlada por la familia Pollak) solicitó distintas variables de la marca Newsport, lo que provocó el reclamo de Falabella. Entre las denominaciones en cuestión están la misma Newsport y otras como Newsports by Tricot. Unas son con logo y otras sin una imagen que la identifique.

El conflicto se había mantenido en el Tribunal de Propiedad Industrial, no obstante, las empresas recurrieron a instancias superiores y la polémica la definió la Suprema.

“La Corte dijo que se acepta el registro y, por lo tanto, tienen que coexistir Newspots con Newport en esa clase (para vestuario y calzado, entre otros artículos de este tipo)”, destaca el abogado de Tricot, Eugenio Gormáz, de Albagli Zaliasnik & Cía. Ltda.

En efecto, la Suprema destacó en su resolución: “Estos juzgadores no comparten los razonamientos del tribunal de alzada, en cuanto se pretende que existe semejanza gráfica y fonética insalvable y que un consumidor común no será capaz de advertir oportunamente la diferencia existente entre ambos signos, desde que no se trata tan solo de una letra “s” terminal, indicativa propiamente de un plural sino que de dos letras “s”, una de ellas intercalada, lo que cambia completamente el sentido de la palabra, tratándose claramente de dos expresiones distintas del idioma inglés”.

El máximo tribunal del país añadió: “Del mismo modo, no se comparte tampoco la argumentación en torno a que la coexistencia pacífica previa de una marca muy similar de la recurrente con la de la requirente no tendría efecto resolutivo sobre el asunto, sino que se reduciría tan solo a un elemento a ponderar, respecto del cual tampoco se precisa su incidencia en el asunto planteado”.

La Suprema falló sobre varios recursos presentados por las partes, siendo el más importante el que permite la convivencia de las marcas en la Clase 25.

La abogada de Falabella, Paz Marambio, de Silva & Cía., dijo que la resolución de Falabella para nada perjudica al retailer. “Se trata de una oposición común y corriente que presentó Falabella y que se falló de esa forma por parte de la Corte Suprema, como podría haber fallado cualquier otra”, señaló.

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