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TVN gana juicio contra VTR por transmisión de señal en alta definición

En julio de 2012, la justicia ordenó a VTR a cesar el uso de la señal de alta definición de TVN, luego que el canal estatal demandara al cableoperador por trasmitir su señal digital de prueba sin autorización.

La empresa de TV de pago apeló al fallo y tras dos años de disputa en el tribunal de alzada, la Corte de Apelaciones respaldó el fallo anterior, dando un nuevo espaldarazo a la estación pública.

Si bien se ratificó el derecho que tiene TVN sobre los contenidos que emite y la programación contenida en sus señales, así como también se dejó en claro que las creaciones de las estaciones televisivas están protegidas por el derecho de propiedad, por lo cual no pueden ser utilizados por terceros sin consentimiento, VTR analiza acudir a la Corte Suprema.

Este juicio se originó en 2010 con motivo del Mundial de Fútbol de Sudáfrica, cuando TVN se adjudicó los derechos en exclusiva para trasmitir los partidos en su señal HD, y VTR incluyó dichos partidos en su parrilla programática, sin la venia de TVN, lo que gatilló que el canal acusara a la cablera de hacer uso indebido de su señal, obteniendo utilidades por esta retransmisión.

El fallo en primera instancia indicó que “la señal digital es una obra, que TVN detenta el dominio sobre dicha señal y que carece facultad de excluir, propia del dominio, únicamente cuando su señal es transmitida por el bien nacional de uso público denominado espectro radioeléctrico, recuperando dicha facultad cuando la señal es transportada por VTR a través de su red privada de cable”.

Teniendo esta declaración sobre la mesa, una pieza clave en esta segunda instancia fue la exhibición de documentos de los contratos celebrados entre TVN y las empresas de telecomunicaciones Claro y Telefónica, en los cuales se da cuenta que existe una autorización hacia las demás cableras de trasmitir los contenidos del canal abierto, como también se tuvo en cuenta el contrato que data de 1996, entre VTR y TVN, para trasmitir la señal analógica. De esta forma, el reciente fallo indica: “Que los antecedentes aparejados en esta instancia refuerzan lo decidido por el juez de la instancia, ya que la demandada retransmitió una señal sin autorización, en circunstancias que con anterioridad y para la ocasión de otros mundiales de fútbol, si había firmado contrato con la demandante, lo que demuestra que aún cuando se trataba de señales diferentes, la primitiva analógica, y la que está ahora en discusión, digital, tecnología de reciente data, con anterioridad entendió que debía acordar con TVN la retransmisión de una señal de aquella; y tanto es así que otras compañías que explotan el mismo giro, si celebraron contratos con TVN”.

Tras conocer el fallo, la empresa de telecomunicaciones declaró: “Estamos analizando el sentido del fallo para definir los cursos de acción a seguir”. Mientras que el gerente de asuntos legales de TVN, Hernán Triviño, dijo “una vez que quede ejecutoriada la sentencia podemos hacer uso de la indemnización que nos dio el fallo y sentarnos a evaluar el volumen de los perjuicios que tenemos por el uso no autorizado de VTR de nuestra señal, considerando que hay cableoperadores que pagaron por aquella y que valoraron tenerla para trasmitirla a sus abonados”.

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