Hoy entra en vigencia alerta sanitaria por el coronavirus de Wuhan tras ser publicada en el Diario Oficial

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Imagen de archivo de un coronavirus. Europa Press.

El decreto publicado hoy en el Diario detalla las medidas que regirán por un año. Entre estas se detalla la facultad de prohibir el ingreso de personas contagiadas con el virus, eventuales suspensiones de clases y la disposición de medidas para evitar aglomeraciones.


Este sábado ocho de febrero, empieza a regir la alerta sanitaria decretada por el ministerio de salud, la que permite tomar una serie de medidas ante la eventualidad de un contagio de coronavirus en el país. Hasta esta entrega, la pandemia ha matado a 722 personas en China y registra 34.645 contagiados. Fuera de las fronteras de la nación asiática, se han confirmado casos en otros 25 países.  Por ello,  en la jornada de ayer el Ministro del ramo, Jaime Mañalich, explicó la decisión:  "Lo que está en juego hoy día, para un país como el nuestro, es que tratemos por todos los esfuerzos de detectarlo a tiempo, de ponerlo en aislamiento (...) de prevenir un brote secundario dentro de Chile, que esa persona no contagie a su familia (...)".

https://www.latercera.com/que-pasa/noticia/ministro-manalich-decreta-alerta-sanitaria-coronavirus-wuhan/1002710/

En concreto, el decreto publicado en el Diario Oficial establece la alerta en todo el país. El documento detalla una serie de medidas y facultades extraordinarias entregadas a las instituciones competentes a fin de evitar la entrada del virus a territorio chileno. Entre estas, está "denegar la entrada al país de ciudadanos extranjeros no residentes en Chile, sospechosos o afectados por el nuevo coronavirus 2019".  Asimismo se podrá "disponer el aislamiento de las personas que estén infectadas con el nuevo coronavirus 2019, o bien, bajo sospecha de estar infectadas, de tal forma que se procure la contención de la propagación de dicho virus".

También el documento permite "disponer de las medidas necesarias para evitar aglomeraciones de gente en espacios cerrados o abiertos que puedan fomentar la propagación del virus". Por ello es que además está contemplada la posibilidad  de "suspender las clases en establecimientos educacionales y las actividades masivas en espacios cerrados", así como la "prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asisten a ellos".

Para llevar adelante la función fiscalizadora, se podrá "requerir el auxilio de la fuerza pública de la Unidad de Carabineros de Chile más cercana, en conformidad al artículo 8º del Código Sanitario, para asistir, si fuere necesario, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud en sus labores fiscalizadoras así como en aquellas acciones que fueran necesarias para hacer frente a la emergencia descrita en los considerandos".

En cuanto al acceso a medicamentos, el decreto establece que "en caso de que no existan farmacias operativas en determinada comuna, proceder directamente al expendio o entrega de medicamentos a la población que lo necesite".

Respecto al refuerzo de personal médico, la permite permite  "en forma excepcional y mientras se mantenga la alerta sanitaria", contratar "a ex funcionarios que se hayan acogido a los beneficios de incentivo al retiro establecidos en las leyes Nº 20.612, Nº 20.707, Nº 20.921 y Nº 20.986, no siéndoles aplicables respecto de la contratación que por este acto se autoriza ni por el tiempo que se extienda la contingencia que la motiva, las prohibiciones que las leyes referidas contienen". Además, podrán ser contratados "estudiantes que estén cursando sexto año en adelante de la carrera de Medicina impartida por las Universidades reconocidas oficialmente en Chile, y de estudiantes que estén cursando el séptimo semestre en adelante de las carreras de Enfermería, Obstetricia y Puericultura, Tecnología Médica, Kinesiología y Sicología, impartidas por las Universidades reconocidas oficialmente en Chile".

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