Quizás buena parte de los lectores, sino todos, tienen una casilla de correo electrónico gratuita o ha instalado en su celular alguna aplicación sin haber dado dinero a cambio. Son los llamados servicios "gratuitos". Puede ser que, incluso en este mismo momento, al leer nuestra columna, tengan abierta una pestaña paralela del navegador con su cuenta de Facebook, haya revisado Instagram desde su celular, o respondido algún mensaje por WhatsApp despreocupado de recibir cobro alguno por usarlas.
Es difícil imaginar nuestras actividades cotidianas sin usar este tipo de aplicaciones y, dentro de las muchas razones por las que estas resultan atractivas, sobresale que no hay que pagar por ellas. Sin embargo es bueno preguntar: ¿Son realmente servicios gratuitos? ¿Acaso los proveedores ponen a disposición de los usuarios gratuitamente estas plataformas? Creemos que la respuesta no es tan amable.
Si se presta atención a las condiciones de uso de estas aplicaciones, se pueden encontrar declaraciones tales como "Al utilizar nuestros Servicios, usted acepta que [la compañía] puede utilizar sus datos de acuerdo con nuestras políticas de privacidad".
Este tipo de cláusulas demuestran que, si bien no se ha dado dinero a cambio del servicio, se ha aceptado entregar al proveedor información que va desde su nombre y apellido, hasta geolocalización. Sin olvidar que, generalmente, la ha autorizado para cruzar tal información con otras plataformas. De allí, por ejemplo que al buscar un producto y/o servicio en el sitio web de una tienda, luego le aparezca el mismo producto y/o servicio consultado en sus redes sociales.
Tengamos en consideración que nuestra legislación entiende que un contrato es gratuito cuando tiene por objeto sólo "la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen". Así, por ejemplo, en el caso de la donación, el beneficiario recibe la cosa a costa de la entrega de su contraparte, pero su contraparte no recibe ningún beneficio que grave al beneficiario. En tal sentido ¿Qué beneficio se obtiene de la recopilación de datos personales?
Los datos personales son un importante activo para las empresas, pueden venderse e incluso permiten desarrollar actividad publicitaria dirigida específicamente a los gustos del usuario con ofertas hechas "a la medida", priorizando aquellos productos o servicios de su preferencia y descartando aquellos que se sabe, por el tratamiento de sus datos, que no son de su interés. Basta tener en consideración que los datos personales han sido utilizados para desarrollar campañas políticas. Así, por ejemplo, podemos recordar el escándalo de Cambridge Analitica del año pasado, en el cual, mediante el tratamiento de datos personales, se propició el triunfo de Donald Trump.
De allí que la frase "los datos personales son el petróleo o el oro del futuro" tenga tanto sentido. Hoy la tendencia a nivel global ha sido regular el tratamiento de los datos personales, así por ejemplo, contamos con el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos de mayo del año pasado. Lo que ha implicado un cambio en el modo de tratar los datos personales y que hoy ha significado multas millonarias para estas grandes compañías por abusar con el tratamiento de los datos personales de sus usuarios.
La importancia de los datos ha sido reconocida en Chile, donde ya, han comenzado a realizarse esfuerzos por regular la materia. Durante el 2018 se incluyó el derecho a la protección de los datos personales en el catálogo de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Además de la vigente tramitación de un proyecto de ley que busca actualizar a los nuevos tiempos nuestra ya anticuada ley 19.628 que regula la privacidad y protección de datos personales del año 1999.
Como sea que fuere, los datos personales son información relevante en la economía contemporánea, y su suministro es un activo valioso para las empresas que los recopilan. En tal contexto, la próxima vez que adquiera un producto o servicio sin entregar dinero a cambio, pregúntese si se trata de un negocio gratuito. Tal vez, a cambio de ello, se ha obligado a suministrar información valiosa para el mercado y que no estaba dispuesta a compartir con su proveedor ni mucho menos con los destinatarios finales de esta información.
Diego Cordova Yukich, abogado asociado en el estudio de abogados Gutiérrez y Arrieta. También es miembro del Instituto Chileno de Derecho y Tecnología.
Ricardo Torres Urzúa es profesor de Derecho Civil en la U. Finis Terrae y U. Diego Portales. También es alumno del programa de Doctorado de esta última casa de estudios.