Denegar el ingreso al país a extranjeros, apoyo de fuerza pública y suspensión de faenas: las facultades que tendrá Salud para enfrentar el coronavirus

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El decreto, que será publicado mañana en el Diario Oficial y al que tuvo acceso La Tercera, entrega facultades extraordinarias a la red asistencial para contratar personal, insumos, vehículos e, incluso, suspender procedimientos y cirugías no urgentes, si la emergencia lo amerita.


"El brote producido por el nuevo Coronavirus 2019 representa una amenaza para todo el territorio de la república, lo que faculta al Ministro de Salud para la dictación de una alerta sanitaria", plantea el decreto visado ayer por la Contraloría y que, a contar de mañana, otorga facultades extraordinarias a las autoridades del ramo para contrarrestar el coronavirus.

La normativa, que tiene vigencia de un año, estipula una serie de medidas tendientes a la prevención, control y tratamiento de la enfermedad. Entre estas, "denegar la entrada al país de ciudadanos extranjeros no residentes en Chile, sospechosos o afectados por el nuevo Coronavirus 2019".

https://www.latercera.com/que-pasa/noticia/ministro-manalich-decreta-alerta-sanitaria-coronavirus-wuhan/1002710/

Asimismo, las autoridades de Salud podrán ordenar el aislamiento de las personas que se consideren sospechosas de contagio o que se confirmen como portadoras el virus. También se le entregan atribuciones para localizar a los contactos cercanos de estos pacientes, a objeto de hacerles seguimiento durante los días -se ha definido que son 14- en que incuba la enfermedad.

El decreto -al que tuvo acceso La Tercera- avala a la cartera para suspender eventos masivos, permitiéndole "disponer las medidas necesarias para evitar aglomeraciones de gente en espacios cerrados o abiertos que puedan fomentar la propagación del virus". En ese contexto, también podrá ordenar la suspensión de clases y "disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asisten a ellos".

Con miras a apoyar el cumplimiento de los fines sanitarios, la autoridad sanitaria podrá "requerir el auxilio de la fuerza pública de la unidad de Carabineros de Chile más cercana, en conformidad al artículo 8° del Código Sanitario, para asistir, si fuere necesario, a la Secretaria Regional Ministerial de Salud en sus labores fiscalizadoras, así como en aquellas acciones que fueran necesarias para hacer frente a la emergencia descrita".

Para el tratamiento directo de los casos que pudieran llegar al país, los servicios podrán contratar a estudiantes de sexto año hacia arriba de la carrera de medicina y también a quienes cursen los últimos semestres de kinesiología, enfermería y obstetricia. Además, los hospitales quedan habilitados para gestionar la atención y suspender cirugías y procedimientos que no sean de urgencia, en caso que la emergencia lo amerite.

También, la regulación permitirá las compras directas de medicamentos e insumos clínicos, así como de bienes relativos a la gestión de los casos de Coronavirus, de forma expedita, sin la obligación de realizar licitaciones públicas.

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