Ley de Identidad de Género: los logros y deudas tras su promulgación
Una de las grandes deudas, sostienen activistas, es la exclusión de los menores de 14 años. También quedaron fuera las personas que se definen como de género no conforme o no binario, porque la LIG no considera otras categorías de género que no sean masculino o femenino.
Hoy el presidente Sebastián Piñera promulgó en La Moneda la Ley de Identidad de Género (LIG), que fue despachada del Congreso en septiembre de este año tras casi cinco años de proceso legislativo. ¿Cuáles son las implicancias de este cambio? Lo principal es que el cambio de nombre y sexo registral, que se realiza hoy a través de una demanda en los tribunales civiles, invocando la Ley 17.344, será hará desde la implementación de la LIG a través de un procedimiento administrativo en el Registro Civil, para los mayores de 18 años.
Esto simplifica enormentente un trámite para el que las personas trans necesitaban el patrocinio de un abogado y que muchas veces se veía entrampado en el criterio, completamente discrecional, de los jueces
La nueva ley también contempla modificaciones relevantes, partiendo por establecer el derecho a la identidad de género, y el cambio del nombre y sexo registral si la persona no se identifica con al asignado al nacer, bajo los principios de no patologización, no discriminación, confidencialidad, trato digno, interés superior del niño y autonomía progresiva.
No será requisito para este cambio haberse realizado ningún tipo de intervención médica y quienes hayan hecho anteriormente sólo el cambio de nombre, pero no de sexo, podrán hacerlo ahora. Además, será el Registro Civil el encargado de informar a las institucuones públicas y privadas para la actualización de la partida de nacimiento, entre otros aspectos (revisar tabla resumen de la LIG aquí).
Desde la promulgación realizada por el gobierno el día de hoy, hay cinco días hábiles para que ley se publique en el Diario Oficial. Tras ellos, los reglamentos necesarios para su implementación deben crearse en un plazo de seis meses y, una vez dictados, deben entrar en vigencia a más tardar en cuatro, o sea, 10 meses en total (comienzos de octubre de 2019).
La licenciada en derecho, Constanza Valdés, quién siguió la LIG en gran parte de su tramitación, advierte que se debe estar atento a la generación de esos reglamentos. Le preocupa especialmente el reglamento de los programas de acompañamiento para los menores de edad. "Me preocupa el enfoque que vayan tener y las acciones mínimas que se consignen en los reglamentos. Por ejemplo, una mala regulación puede dar pie a que organizaciones con un enfoque patologizante, o que abiertamente intenten desincentivar a los menores a hacer su tránsito, terminen haciendo estos acompañamientos", dice.
Junto con esto, no hay un presupuesto desde el Estado asociado a estos programas, por lo que entonces quedará a "la voluntad de las personas y organizaciones ofrecer este servicio, hay cero incentivo económico, será sólo por el amor al arte" agrega.
Los pendientes
Probablemente una de las grandes deudas de la LIG es la exclusión de los menores de 14 años. Según Evelyn Silva, creadora de la Fundación Selenna, esta ley "divide a la infancia trans en dos, los que tienen derechos y los que no". De hecho, algunos colegios ya les han consultado si con esta nueva normativa deben respetar la identidad de los niños que quedan fuera. "La repuesta es que evidentemente sí, tal como lo consigna una circular de la Superintendecia de Educación" afirma.
También quedaron fuera de esta ley las personas que se definen como de género no conforme o no binario, simplemente porque la LIG no considera otras categorías de género que no sean masculino o femenino. "Esto demuestra que a nuestra sociedad aún le falta mucha comprensión respecto a la complejidad y fluidez de la identidad de género de las personas", explica Constanza Valdés.
Otro aspecto que preocupa a las organizaciones y activistas es que los mayores de 14 y menores de 18 años deban hacer ahora el trámite en los tribunales de familia. "En mi experiencia los tribunales de familia son mucho más discriminadores que los civiles y esto puede generar un problema tremendo", dice la abogada y académica de la Universidad de Chile, Lorena Lorca, quién a través de su ramo clínica jurídica ha representando a numerosas personas trans en tribunales.
A continuación un recuadro que resume los puntos de pendientes de la LIG:
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Infografía: Hilda Oliva[/caption]
Puede leer más sobre este tema en el especial de personas trans, "Transición", y escuchar el podcast "Después de la LIG", que se encuentra al final de esta página: https://especiales.latercera.com/transicion/avance-trans.
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