Pena de muerte en Chile: un siglo de fusilamientos

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Pena de muerte

La restitución de esta medida en Brunéi y la discusión en Uruguay sobre la posibilidad de restituirla, nos recuerda que en 2001, en Chile todavía era parte de nuestro ordenamiento jurídico.


La pena de muerte, pena capital o ejecución es el mayor castigo de un Estado hacia un ciudadano. Su origen se remonta a la Edad Antigua, en Israel, Roma, Babilonia, Persia y Grecia.

Pese a que su uso se masificó en el mundo occidental, con el paso del tiempo la medida fue desapareciendo. Pese a ello aún se practica. Acutalmente se aplica 38 países, como Estados Unidos, India, Japón, países árabes y Medio Oriente, entre otros.

En Uruguay, donde la medida fue abolida, actualmente se discute la posibilidad de reincorporarla tras un alza en la criminalidad y en Brunéi, un pequeño país en Asia que no supera los 500 mil habitantes, anunció la promulgación de una ley que castigará con pena de muerte la homosexualidad, el adulterio, la violación e insultos a Mahoma.

En Chile, su aplicación fue abolida en 2001, durante el gobierno de Ricardo Lagos, aunque en la práctica había dejado de utilizarse hace más de una década.

La Ley que aprobaba la pena de muerte se promulgó en 1875. Quince años después se llevó a cabo la primera ejecución. El convicto fue acusado de robo con homicidio, siendo ejecutado el 3 de febrero de 1890. El último fusilamiento data de 1985, casi 100 años después del primer caso.

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Se trató de los llamados "psicópatas de Viña del Mar", los excarabineros Carlos Alberto Topp Collins y Jorge Sagredo Pizarro,  que fueron condenados a pena de muerte por ser responsables de una decena de homicidios en la ciudad jardín. La historia ha revivido en innumerables ocasiones, a través de películas, series, teleseries, y por supuesto, la cultura popular.

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Por menos de doscientos pesos ($200), el ex cabo de Carabineros Carlos Alberto Topp Collins y su cómplice, el excarabinero Jorge Sagredo Pizarro, dieron muerte, la noche del 5 de agosto de 1980, al técnico electrónico Enrique Gajardo Casales, detalla el manuscrito.[/caption]

Myrna Villegas, abogada y profesora del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la Universidad Chile, señala que "la derogación de la pena de muerte significó un gran avance en el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos, por tratarse de una pena que está abolida en la mayor parte de los ordenamientos jurídicos occidentales".

Como Estado, Chile ha celebrado convenios internacionales de derechos humanos, "entre ellos la Convención Americana de Derechos Humanos y el pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de manera tal que era absolutamente necesario abolirla. Ella solo se mantuvo nominalmente en el Código de Justicia Militar, y en el artículo 9 de la Constitución respecto de los delitos de terrorismo, para posibilitar el indulto particular para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo, lo que es letra muerta, por cuanto ningún delito de terrorismo, y ningún otro (salvo alguno del Código de Justicia Militar) conserva esta pena.  La imposibilidad de revertir la pena de muerte ante la eventual condena de un inocente debiera ser uno de los argumentos fuertes a favor de la mantención de su derogación", añade Villegas.

Desde su promulgación en 1875, hubo 58 condenados, 29 de ellos habían cometido robo con homicidio; 24, homicidio calificado; uno por asalto con homicidio; uno por homicidio con incendio y tres por homicidio con violación. El era a través de fusilamiento (ver fotografía principal).

De estos 58 casos, hubo varios que capturaron la atención popular.  Uno de ellos fue Jorge del Carmen Valenzuela Torres, conocido como el "Chacal de Nahueltoro". Valenzuela dio muerte en 1960 a una mujer y a sus hijos. Su fusilamiento generó un fuerte debate en el país, ya que se trataba de un analfabeto, que tras un intenso proceso de rehabilitación, pidió la condonación de la pena. Con el paso de los años, se transformó en una figura popular, que incluso llegó al cine. El director Miguel Littin estrenó un filme con la historia.

Hugo Alvarez Cárcamo, abogado senior de Alvarez y Cía., explica que la pena de muerte en Chile se derogó, ya que por "muy grave que sea el delito que cometa un determinado individuo, la privación total de la vida no puede estar en manos de otros hombres, con este principio se modificó la pena de muerte por la de presidio perpetuo calificado".

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Otro de los casos más recordados es el de Emile Dubois, bautizado popularmente como Robin Hood chileno, ya que actuaba en nombre del proletariado, y contra la burguesía. Dubois nació en 1867 en Francia, y tras llegar al país, de inmediato comenzó a cometer homicidios. Totalizó cuatro, todos a europeos. El primero, Ernesto Lafontaine, de origen francés y además, primer alcalde de Providencia. Luego le quitó la vida al alemán Gustavo Titius, Isidoro Challe (francés) y Reinaldo Tillmanns, comerciante alemán. Cuando intentaba asesinar a su quinta víctima, fue capturado y ejecutado por cuatro fusileros en 1907. Actualmente, muchas personas acuden a rezar y hacer peticiones en el cementerio de Playa Ancha, en su donde se encuentra un monumento funerario en su nombre.

¿Se podría restablecer?

Alvarez cree que restablecer una sanción de este tipo es prácticamente imposible "toda vez que nuestra concepción de la vida en Chile actualmente probablemente impediría que se cumplieran los quórum  en el Congreso para obtener o reponerla", dice. Además, agrega que el presidio perpetuo "se considera una pena equivalente".

En 1926 se decretó la medida para la justicia militar en el país, la cual aún se encuentra vigente, pero exclusivamente en tiempos de guerra.

En los años 90, la medida ya no contaba con la aprobación de la ciudadanía, ni de las autoridades, por lo que comenzó a tramitarse su anulación definitiva. En 1999 se realizó el Primer Trámite Constitucional en el Senado, y en 2001, se promulga definitivamente la Ley 19.734, que elimina la pena de muerte en Chile, en el Gobierno de Ricardo Lagos Escobar.

La pena de muerte fue reemplazada por presidio perpetuo calificado, que contempla 40 años de privación de libertad efectiva.

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