Sala Cuna Universal: cuándo las niñas y niños no pueden esperar
Cuando se plantea el debate de la Sala Cuna como un derecho universal, la pregunta que se instala es ¿quién es el beneficiario/a de dicho derecho de Sala Cuna Universal? Por cierto, lo son los trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares que requieren, para poder desempeñarse laboralmente, contar con lugares de calidad que cuiden y otorguen protección a sus hijos/as de 0 a 2 años.
El actual proyecto de Ley de Sala Cuna Universal si bien termina con la limitación de que solo podían ejercer el derecho mujeres que trabajaran en empresas de 20 o más trabajadoras, no incorpora a los hombres y, como plantea la CUT, genera categorías entre las mismas.
Así, quienes trabajan sobre 30 horas tendrán acceso a bono completo, menos de 30 y hasta 15 horas solo recibirán dos tercios del bono y si la mujer trabaja menos de 15 horas no tendrá derecho. El derecho, en definitiva, se traduce en un bono total o parcial que incluso excluye a mujeres trabajadoras madres.
Los niños/as por cierto, son también titulares del derechos a acceder a espacios de protección cuando su madre y/o padre trabaja. Tal como lo señala la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Niña, deben aprender todo aquello que contribuya a desarrollar al máximo su personalidad y capacidades intelectuales, físicas y sociales.
Esto es central, el desarrollo se produce desde la más temprana edad. Bien lo sabe Finlandia donde los niños/as entran a los 9 meses a la sala cuna, después de un período de posnatal de 9 meses, derecho que tiene tanto la madre como el padre. Un país donde además las madres y padres tienen el beneficio de estar con su hijo o hija hasta que cumpla tres años y durante dicho período, reciben un porcentaje de su sueldo. Finlandia entiende que la protección desde la primera infancia, orientada a favorecer a los niños en su desarrollo integral.
¿Qué implica un desarrollo integral de características Universales para Chile? En primer lugar, que todos los niños/as desde la más temprana infancia puedan desarrollar competencias y capacidades que serán claves para su futuro, físico, psicológico y social. Implica que tengan acceso salas cunas y jardines con infraestructura que potencie dicho desarrollo. Involucra asegurar la calidad de la educación que reciben para así tener acceso a sala cuna y jardín reconociéndolo como un derecho y emparejando de paso la cancha para cerrar las brechas que se puedan presentar posteriormente en el proceso escolar.
Un primer problema que plantea la propuesta de ley actual, y que atenta contra la universalidad mencionada, es que si la madre trabajadora pierde su fuente laboral el niño/a también pierde su derecho a sala cuna.
Un segundo problema, es que la lógica del voucher o bono no permite una calidad de educación igualitaria, muy por el contrario, lo que hace es acrecentar los niveles de segmentación y por ende de discriminación.
Un tercer problema es que no todas las niñas y niños de mujeres y hombres trabajadores tienen garantizado este derecho.
Entonces, ¿qué se requiere? Que la política pública asegure el acceso universal de los niños y niñas a la educación temprana para lo que un primer paso es la ampliación de la actual oferta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y de la Fundación Integra, generando un piso mínimo público para todas las madres y padres trabajadores.
¡Chile no puede esperar, niños/as están primero y son sujetos de derechos!
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