El 20 de diciembre de 2023, la Comisión Mujer y Equidad de Género del Senado, despachó a la sala de esta corporación, el proyecto de Ley que Modifica el Régimen de Sociedad Conyugal del Matrimonio para continuar con su tercer trámite constitucional.

Tras doce años de tramitación, por fin este proyecto avanzó con “un compromiso de Estado que hemos tardado más de 16 años en cumplir. Gracias a estas gestiones, por primera vez en muchos años el proyecto avanzó en su tramitación y esperamos que sea aprobado prontamente”, señala Antonia Orellana, ministra de la Mujer y Equidad de Género.

Una deuda de 16 años: Ad portas de aprobarse proyecto de Ley que modifica el régimen de sociedad conyugal

Un proyecto que es resultado de la fusión de dos mociones parlamentarias y de un mensaje presidencial de 2011, como respuesta al acuerdo de solución amistosa que el Estado de Chile suscribió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2007 con Sonia Arce, y en el que se compromete a modificar las disposiciones administrativas de la sociedad conyugal para terminar con la discriminación que afecta a miles de mujeres casadas bajo ese régimen, y que es que no pueden administrar sus propios bienes ni lo de las sociedad sin la venia del marido.

La iniciativa con que el Estado se comprometió en 2007 y que se comenzó a tramitar en el Congreso en 2011, busca establecer la plena igualdad entre los cónyuges en la administración de los bienes sociales, como también reconocer, en forma efectiva, la total capacidad de la mujer para la administración de sus bienes.

Pero ¿cuál sería el mecanismo para que la mujer fuese administradora de la sociedad conyugal? Si bien existe uno en la actual legislación, este es por excepción, por eso lo que hace este proyecto es modificar completamente la actual administración de bienes en la sociedad conyugal, estableciendo la administración conjunta o indistinta de los bienes sociales, y en el caso de aquellos bienes que sean propios de cada uno, la administración será exclusiva de cada cónyuge propietario.

Así con estas modificaciones, las mujeres serán coadministradoras, junto al marido, de aquellos bienes comunes y administradoras exclusivas de sus propios bienes. “En ese sentido, la figura actual de patrimonio reservado de la mujer, no tendría lugar”, explica la ministra.

En cuento a la existencia de los otros regímenes de matrimonio, la implementación tiene un objetivo más allá de competir, por ejemplo, con la separación de bienes, ya que el principal propósito es terminar con la discriminación histórica que la ley ha hecho en contra de las mujeres, que es un hecho que no solo las afecta en lo cotidiano, sino que también contraviene el principio de igualdad ante la ley.

“Lo que hemos podido ver durante la discusión de estas modificaciones, sin embargo, y es algo en lo que hemos coincidido con los distintos sectores del Congreso, es el valor que tiene el régimen de sociedad conyugal como base del principio de solidaridad patrimonial, y eso es algo que deseamos conservar y extender también a matrimonios del mismo sexo”, enfatiza la ministra.

Ad portas de aprobarse proyecto de Ley: puntos a modificar

1. Establecer que ambos cónyuges sean administradores de los bienes de la sociedad en igualdad a través de la administración indistinta, con independencia del otro cónyuge, para aquellos trámites simples, y la administración conjunta en actos patrimoniales relevantes, como la venta de inmuebles sociales, que son aquellos de patrimonio común.

2. La distinción que se hará entre bienes propios, que son aquellos que pertenecían a cada cónyuge antes de contraer matrimonio y cuya administración la realizará cada propietario, y bienes sociales, que son de patrimonio común, y cuya administración ahora será de ambos.

3. La extensión del régimen de sociedad conyugal a los matrimonios de personas del mismo sexo, que prefieran optar por este tipo de vínculos.

Puntos que favorecerán la eficacia de mantener vigente este régimen, ya que pone como base del matrimonio, el principio de solidaridad patrimonial, “un elemento que hemos considerado virtuoso en la discusión parlamentaria. Por eso también hemos decidido extender esta figura a los matrimonios homosexuales” comenta Orellana.

“Me parece que en pleno 2024 es momento de hacer efectivos estos cambios, porque las mujeres no pueden seguir esperando ni dependiendo del permiso del marido para acceder a ayudas tempranas, a subsidios del Estado, para emprender o para vender un bien propio”, señala Orellana.

Por lo que mantener una normativa tan claramente discriminatoria con la mitad de la población chilena, en pleno siglo XXI, da cuenta de un retraso enorme con respecto a los cambios de mentalidad que existe hoy en día, sobre todo con los movimientos feministas que han tomado cada año más fuerza. “Por eso sigue siendo tan relevante observar las normas y las políticas desde la perspectiva de las mujeres, quienes representamos la mitad de la población”, añade la ministra.

Ad portas de aprobarse proyecto de Ley: ¿Cómo impactaría en la vida de las mujeres?

Terminar con la discriminación y afectación, que hasta ahora se ha hecho a través de la normativa del Código Civil contra miles de mujeres casadas bajo el régimen, es de los principales objetivos de este proyecto.

“Por ejemplo, lo hemos visto recientemente, cuando hemos querido llegar con ayuda temprana a las mujeres damnificadas y no podemos llegar y entregarles los recursos sin el permiso o la presencia del marido, y en este sentido, el principal propósito es que la administración de los bienes sociales sea, desde ahora, conjunta o indistinta, dependiendo del bien, y que la mujer pueda finalmente ser la administradora de su patrimonio sin intervención del marido”, rescata la ministra.

Antonia Orellana en el centro de la imagen.

Esta modificación impactará no solo en dignidad e igualdad, sino también en muchas situaciones concretas de la vida cotidiana de las mujeres.

Como ejemplo, si una mujer casada bajo este régimen quiere emprender nuevos rumbos, como comenzar una empresa, requiere la autorización del jefe de la sociedad conyugal, al igual que para pedir un crédito o recibir una herencia, tiene que pedir autorización al esposo, o para recibir el apoyo económico que le permita volver a levantarse después de un siniestro, de una inundación, que son dos fenómenos que efectivamente hemos enfrentado durante estos años.

Realidad que, también afecta a quienes no están casadas, a quienes para varios trámites se les pide acreditar el estado civil. En lo concreto, estas modificaciones:

  • Ahorrarán un montón de trámites adicionales a las mujeres y el tiempo que esos trámites significan.
  • Darán autonomía a las mujeres para que puedan actuar por sí mismas.
  • Impactarán en la sensación de dignidad de cada una de las mujeres.

Hay quienes por años han manifestado, sin mucha evidencia, que la sociedad conyugal protege a las mujeres por la existencia de la figura del patrimonio reservado, que significa que las mujeres casadas bajo este régimen pueden decidir en la administración de ciertos bienes sociales; “pero sobre todo el resto, hoy, con este régimen matrimonial, las mujeres no tienen decisión, porque el jefe de la sociedad conyugal es el hombre” comenta Orellana.

Un trabajo de años que se ha traspasado de gobierno en gobierno, muchas las ministras y las y los parlamentarios los que han trabajado en este proyecto. “Yo misma me comprometí con la exministra de la Mujer Mónica Zalaquett, la primera vez que nos reunimos, a continuar con la tramitación de este proyecto. Y no puedo dejar de mencionar también a las y los parlamentarios que introdujeron las dos mociones, entre quienes se encuentran Carolina Goic, Alejandra Sepúlveda, Marcelo Schilling, Pedro Araya, José Miguel Ortiz, Alfonso De Urresti, Guillermo Ceroni y María Antonieta Saa”, concluye Orellana.