Durante la jornada de este martes, la comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional aprobó en particular una indicación, presentada por las convencionales Marcela Cubillos (Un Chile Unido) y Constanza Hube (Unidos por Chile), que reafirma la posibilidad de instalar un Congreso bicameral asimétrico. En concreto, la indicación permitiría que el artículo diez del informe que presentará la comisión ante el pleno el próximo 11 de marzo, referido al Congreso Plurinacional, tendría injerencia en la tramitación de algunos proyectos de ley.
Específicamente, por medio de la indicación de Cubillos y Hube, se viso en particular que a la Cámara Territorial (instancia que, de aprobarse, llevaría en nombre de Consejo Territorial) le corresponderá conocer los proyectos de reforma constitucional, las leyes interpretativas de la Constitución, la ley anual de presupuesto, la ley sobre la división política y administrativa del país, las leyes que afecten las competencias de las regiones, y la ley sobre votaciones populares y el sistema electoral.
A pedido del convencional Guillermo Namor (Independientes No Neutrales), la votación de la indicación presentada por Cubillos y Hube se hizo por separado, inciso por inciso, y se consideró como complementaria, en lugar de sustitutiva. De esta forma, el segundo de ellos fue aprobado por 14 de los 25 convencionales de la comisión.
Quienes votaron a favor fueron Cubillos, Hube, Namor, Arturo Zúñiga (Un Chile Unido), Patricia Politzer (INN), Raúl Celis (RN-Evópoli-IND), Hernán Larraín (RN-Evópoli-IND), Cristián Monckeberg (RN-Evópoli-IND), Fuad Chahin (Colectivo del Apruebo), Ricardo Montero (Colectivo Socialista), Maximiliano Hurtado (Colectivo Socialista), Pedro Muñoz (Colectivo Socialista), Renato Garín (IND) y Rosa Catrileo (Pueblo Mapuche). En tanto, desde el FA, Movimientos Sociales Constituyentes, Chile Digno y Pueblo Constituyente, votaron en contra.
Los votos de Catrileo y Garín resultaron clave en esta ocasión, pues en instancias anteriores, cuando en la comisión se votaron iniciativas para mantener el bicameralismo, estas no superaron los 12 votos a favor.
Sobre su decisión, Catrileo, quien es una de las coordinadoras de la comisión, explicó: “Es necesario que la Cámara Territorial tenga injerencia e incidencia en las atribuciones legislativas que se le dieron. Estamos tratando con las indicaciones que vienen más adelante de fortalecer un poco más, en sintonía de distribuir y desconcentrar el poder hacia las regiones autónomas que ya fueron aprobadas por la Convención”.
Además de pedir la votación por separado, Namor también solicitó una enmienda amistosa que permitió hacer cambios en la indicación presentada por Cubillos y Hube. En concreto, propuso sustituir que “a la Cámara Territorial le corresponderá estudiar los proyectos de reforma constitucional (...)” por “le corresponderá conocer los proyectos de reforma constitucional (...)”. Como las dos convencionales que presentaron la indicación estuvieron de acuerdo, la indicación fue votada de esa forma y superó la mayoría simple.
Hube comentó que, en la práctica, el concepto de “conocer” permitiría que la Cámara Territorial pueda estar al tanto de ciertos proyectos de reforma constitucional. En este mismo sentido, Muñoz explicó: “Conocer significa participar en la tramitación de esos proyectos de ley, implica introducir modificaciones y que esté el parecer de esta Cámara Territorial”.
“El campo de materias sigue siendo acotado, pero es un campo de materias mayor que el de la propuesta original”, agregó.
También a pedido de Namor, el artículo se votó incluyendo como atribuciones del Congreso las materias contenidas en el artículo 29 de la propuesta del informe, el que aún no se vota. En éste se precisa que son leyes de concurrencia presidencial necesaria las que irroguen directamente gastos al Estado, aquellas que alteren la división política o administrativa del país, y las relacionadas con operaciones que “puedan comprometer la responsabilidad patrimonial del Estado, de las entidades semifiscales, autónomas y condonar, reducir o modificar obligaciones, intereses u otras cargas financieras (...) establecidas en favor del Fisco”.
Además, el artículo 29 establece que las leyes de concurrencia presidencial pueden tener su origen en un mensaje presidencial o en una moción parlamentaria. Asimismo, las leyes de concurrencia presidencial necesaria solo podrían ser aprobadas si el o la Presidenta entrega su patrocinio durante la tramitación del proyecto. El Mandatario tendría la atribución de rechazar la moción y poner término a su tramitación en cualquier momento posterior a su aprobación en general en el eventual Congreso Plurinacional.
En este sentido, Namor explicó: “Logramos incorporar un inciso tercero que permite que la Cámara Territorial conozca de todas aquellas materias que hoy en día son parte de la ley de iniciativa exclusiva del Presidente. Vale decir, las que supongan gasto fiscal. Esto permite que las regiones puedan decidir cómo y dónde se gasta el dinero público del país y que tengan mucho más que decir en la distribución del poder económico”.
Un paso al bicameralismo
Además de la indicación presentada por Cubillos y Hube, durante la jornada se aprobó -también por 14 votos a favor y 11 en contra- otra presentada por Politzer, Montero, Muñoz, Chahin, Hurtado, Namor, Tammy Pustilnick (convencional INN de la comisión de Forma de Estado) y Tomás Laibe (convencional del Colectivo Socialista perteneciente a la comisión de Sistemas de Justicia). Ésta logró suprimir la palabra “unicameral” del artículo referido al Congreso Plurinacional de la propuesta que la comisión presentará ante el pleno.
Hube ve este resultado como un paso hacia el bicameralismo, pero advierte que no es un tema cerrado, pues depende de las atribuciones que se le den a la Cámara según el resto de las indicaciones. “Queda simplemente como ‘Congreso’, con algunos ‘motes’ de redacción. Pero todas las atribuciones están por verse, porque hay que llegar al artículo 29 y hay que llegar a las indicaciones que vienen después para ver realmente cuántas atribuciones va a tener la Cámara Territorial”, argumentó.
Sobre la aprobación de este inciso, el convencional Marcos Barraza (Chile Digno), quien ha sido un férreo defensor del unicameralismo, asegura que no es tan relevante como la aprobación del inciso presentado por Cubillos y Hube, porque ese sí otorga un rol revisor a la cámara. “Vamos a perseverar en que esa condición de revisora no exista. La comisión es una etapa, el pleno es otra, donde se requiere una mayoría que creo que no estaría en sostener ese inciso”, advirtió.
Frente a la supresión del vocablo “unicameral” de la definición del Congreso, Muñoz aseguró que es una discusión que queda nuevamente abierta. Sin embargo, enfatizó en que lo más relevante es que se entregaría al conocimiento del eventual Consejo Territorial los proyectos de reforma constitucional en general, y no solamente los relativos a los órganos regionales.