Francisco Zúñiga (PS), abogado: “Anticiparse a la labor de la convención es una cierta trampa ideológica de los juristas del oficialismo”

francisco zuñiga

El constitucionalista cree que la Convención Constitucional debe definir sus propias normas y es crítico de las propuestas que han surgido respecto al reglamento de organización y votación que tendrá esa instancia.


Desde Convergencia Progresista, el bloque que agrupa al PS, PPD y PR, le ofrecieron ser candidato a la Convención Constitucional. Sin embargo, el abogado constitucionalista y académico de la Universidad de Chile, Francisco Zúñiga, declinó el ofrecimiento. “Tengo mucho pudor para estar haciendo campaña”, explica.

Zúñiga fue uno de los pocos abogados que el 15 de noviembre de 2019, día del acuerdo que facilitó este proceso constituyente, estuvo presente en los pasillos del exCongreso para asesorar a los y las parlamentarias que protagonizaron ese hecho. Aclara que ese día fue convocado por los presidentes de ambas Cámaras, no por el PS, partido en el cual milita.

Sobre algunos de los temas que han asomado respecto al funcionamiento de la Convención Constitucional, véase escaños reservados para pueblos originarios, el reglamento de votación y la participación ciudadana en el proceso, Zuñiga no es partidiario de “pautearla” y repite: “La convención debe estar lo suficientemente empoderada para tomar todas sus decisiones”.

En las últimas semanas, en la academia y en los partidos, se ha discutido el tema del reglamento que tendrá la Convención. ¿Cuál es su postura frente a eso?

Sobre el reglamento de organización, funcionamiento y procedimientos de la convención creo que ahí la decisión le pertenece a la Convención. Y esto es una obviedad porque la Constitución reformada así lo dispone. Y, por tanto, la Convención soberanamente va a disponer acerca de su reglamento interno y creo que es anticiparse mucho discutir hoy día cúal es el reglamento que debería tener. Esta es una decisión soberana de la propia convención y no entraña mayores dificultades técnicas su redacción.

Partidos del oficialismo ya están haciendo propuestas sobre el reglamento. El trabajo del abogado Sergio Verdugo fue el primero. Y precisamente se argumenta que lo relativo al reglamento debe estar avanzado desde antes de la primera sesión porque será algo que demorará en su trámite. ¿Qué cree de ese argumento?

Eso de que demore mucho o no es una admonición. Lo cierto es que los reglamentos internos de la convención son una cuestión relativamente simple de su despacho. Incluso, la Convención podría, eventualmente, utilizar cualquier reglamento de la Cámara o del Senado para darle aplicación temporalmente. Puede adecuar su reglamento interno de organización para efectos de instalarse y funcionar los primeros días.No le veo ninguna dificultad al tema del reglamento en sí mismo. Creo que anticiparse a la labor y a las elecciones de la convención constitucional es una cierta trampa ideológica por parte de los juristas del oficialismo y esta trampa consistiría en discutir en torno a los 2/3. Porque es eso lo que les importa. Y los 2/3 en definitiva, se han transformado en el quebradero de cabeza de todo esto porque han intentado instalar la idea de que los 2/3 es un quórum extraordinario que debe verificarse al término de la discusión para votar una única vez al término del procedimiento el total del texto.

La llamada doble ratificación…

Claro, esa votación general del texto no tiene ninguna justificación. Salvo, entregarle a uno o más partidos la posibilidad de bloquear al término de la labor de la convención constitucional lo que esta ha obrado y acordado con antelación.

En el reglamento que propuso Horizontal, centro de estudios ligado a Evópoli, se insiste con la doble ratificación. ¿A qué atribuye que se insista en el punto?

A ver, yo prefiero no hacer conjeturas. Lo cierto, es que me quedo con la funcionalidad de esta discusión de los 2/3. Esta discusión de los 2/3 no tiene ninguna justificación técnica porque los quórum extraordinarios, o supra mayoritarios, operan de la manera en que históricamente se ha utilizado. En nuestro Congreso Nacional hay una experiencia valiosa en torno a discusiones en general y en particular de los proyectos de ley y de aplicaciones de quórum especiales o supramayoritarios y yo creo que la convención constitucional no debe salir de ese esquema.

La participación ciudadana, o sea, cómo se va fomentar que la ciudadanía participe de la deliberación de la Convención es algo que también es visto como pendiente para algunos sectores de la oposición…

Sí, la convención constitucional es soberana para determinar los mecanismos de participación de la sociedad civil organizada en el debate. Esto es sí o sí de esta manera y naturalmente la convención constitucional tendrá que abrir estos canales de participación para asegurar que sean canales incidentes en el debate y usar, adicionalmente, las plataformas tecnológicas para optimizar la participación de la sociedad civil organizada. Pero sigue siendo, esa cuestión, una decisión soberana de la convención constitucional.

¿Cómo te imaginas esa participación?

Lo que ocurre es que, a ver, en materia de participación social incidente, hay una experiencia valiosa en el gobierno de Bachelet 2 con los encuentros locales autoconvocados. Y eventualmente la convención constitucional podría tomar parte de esa experiencia de participación de la sociedad civil con participación incidente para el reglamento convencional de la convención constituyente, pero esa es una definición de la convención, sigue siendo de ella. Creo que ahí hay una experiencia valiosa. Y en materia de plataformas tecnológicas, bueno el último año nos ha desafiado a usar estas y creo que tenemos suficiente aprendizaje como para, de Arica a Punta Arenas poder usar estas plataformas tecnológicas para favorecer la participación virtual ya no presencial de muchas organizaciones que, de otra manera, no tendrían ninguna oportunidad de viajar a Santiago a dar su opinión. Y, además, sigue habiendo un riesgo sanitario con el desplazamiento de convencionales constituyentes a regiones. Yo creo que las plataformas tecnológicas pueden ayudar mucho a esto.

El reglamento de Verdugo también propone que algunas de las sesiones de la convención sean “confidenciales”. ¿Qué le parece?

En relación a la transparencia y la publicidad de la deliberación, y los acuerdos que se adopten en el seno de la convención constitucional, no creo que haya ninguna dificultad en que en esto haya transparencia y publicidad máxima. Creo que eso es sano, contribuye a una manera de favorecer la participación social que es informar a la opinión pública interesada en los temas constitucionales. Y esto puede ser incluso reporteado por los medios diariamente. Cosa distinta es un riesgo indudable que es someter a la convención constitucional a la presión de presencial de organizaciones que se instalen en las afueras del edificio en que sesione la convención constitucional en una suerte de queja o manifestación permanente en contra de la actividad desplegada por la convención constitucional o reivindicando materias que van a ser discutidas en la convención constitucional. Ese riesgo existe y creo que es un riesgo menor, es un riesgo de orden público de seguridad pública, inevitable porque tampoco puedes impedir de antemano derechos de reunión…

Para usted la convención tiene que ser lo más transparente posible…

Por supuesto. No me imagino, de antemano, temas que vayan a ser objeto de reserva o secreto en el funcionamiento de la convención constitucional. Ni siquiera los temas relativos a la seguridad nacional como el tratamiento que las Fuerzas Armadas de orden y seguridad pública tengan, y las funciones que se le asignen a ella. Constitucionalmente son cuestiones en las que hay amplísimo acuerdo en la academia y creo también en la sociedad política.

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