“La alternativa de poder reunirnos para escucharnos, para acordar los contenidos de la Constitución del futuro, esta idea del pacto social para el futuro podría dar un soplo de aire fresco”. Estas son las palabras que Miriam Henríquez escoge cuando se le pregunta si tiene esperanzas en el proceso constituyente, de cara a las próximas elecciones del 15 y 16 de mayo.
Abogada constitucionalista, decana de la Facultad de Derecho de la UAH y copiapina, Henríquez anhela ser una de las representantes convencionales del distrito 4 (Chañaral-Copiapó), de la lista Independientes No Neutrales.
¿Qué contribuciones cree que podría aportar una abogada constitucionalista en la Convención?
Creo que nadie se puede restar a este proceso y cada uno puede actuar en distintos roles. Me moviliza la posibilidad de ser candidata porque puedo aportar la reflexión que por prácticamente 20 años he estado haciendo en el área del derecho constitucional. Mi mirada de las instituciones siempre ha sido una mirada reflexiva y crítica, porque creo que Chile requiere de cambios constitucionales profundos y qué mejor que hacerlo en una nueva Constitución.
Usted se ha comprometido a defender “una Constitución con perspectiva de género”. ¿Qué derechos en materia de paridad se deberían consagrar o incluir en esta discusión constituyente?
Una Constitución con perspectiva o enfoque de género supone un desafío mayor que cuestiones concretas, es mirar y acordar cada uno de los contenidos constitucionales de tal manera que asegure la igualdad real. Por ejemplo, hay que considerar el lenguaje inclusivo en la Constitución. Porque sabemos que el derecho, la manera en que está construido habitualmente parece que fuera neutro y objetivo, pero en realidad el lenguaje, lo que ha hecho todo este tiempo ha sido invisibilizar justamente las demandas de género.
Después pensar en los principios rectores de la nueva Constitución con esa perspectiva, establecer como un principio central la igualdad, la no discriminación y la paridad y eventualmente consagrar derechos en que los titulares sean principalmente las mujeres, como en el derecho a vivir una vida libre de violencia, el derecho a la educación no sexista, el derecho a la igualdad y la no discriminación por motivo de género.
¿Cómo se evita que estos derechos se queden sólo en el papel?
La primera garantía es que los derechos estén suficientemente concretos en la Constitución. Entonces se sepa que el titular de esos derechos son, por ejemplo, las mujeres, niñas y adolescentes, que se establezca cuál es el contenido del derecho con precisión, quién es el destinatario del derecho y cuál es el límite de los derechos. La segunda garantía es que todos los derechos se encuentran amparados por una acción constitucional, uno podría decir una acción expedita y rápida de amparo, sin distinción.
Con respecto al sistema político, ¿bastaría con cambiar el sistema presidencial o hay otros aspectos que se deberían transformar en esta materia?
Mi propuesta tiene que ver con que el cambio en la organización del poder para que esté mejor distribuido, tiene que suponer un equilibrio entre el Gobierno y el Congreso Nacional en la tarea de gobernar. Entonces involucrar más al Congreso en esa tarea de gobernar, da como ecuación una propuesta el régimen presidencialista parlamentarizado.
Desde algunos sectores se ha señalado que Chile históricamente ha tenido un régimen presidencialista y que se debe respetar esa “historia constitucional”. ¿Qué respondería frente a eso?
Nos vamos a acercar a este proceso con una historia constitucional, pero que por supuesto requiere una revisión. Lo que tenemos no es sólo un presidencialismo, sino que un hiper presidencialismo que de la manera en que está diseñado, en situaciones de crisis como la actual no favorece la gobernabilidad. Más que por una cuestión de tradición o no, lo que hace falta es mantener la figura del presidente que tenga la Jefatura de Estado y la de Gobierno. Siempre que eso vaya de la mano de lo que actualmente existe, que es un multipartidismo.
¿Qué mecanismos de participación ciudadana se deberían añadir en la Constitución?
Me parece que las mínimas indispensables tienen que ser las iniciativas, la iniciativa popular de ley y la iniciativa popular de reforma constitucional. Dentro del proceso lo que podría existir es una iniciativa popular de norma constitucional, por ejemplo, que la ciudadanía se organice, alcance un número determinado de firmas y proponga una norma constitucional.
Y en cuanto al Tribunal Constitucional, ¿qué rol debería tener en la próxima carta?
Para que la Constitución del futuro sea suprema es necesario que exista un órgano que vele justamente de esa supremacía constitucional. Lo más probable es que se decante por un órgano de justicia constitucional autónomo especializado, como el TC, pero diría bien distinto al actual y con una integración diferente, paritaria, donde haya mayor participación de los distintos órganos del Estado.
Fundamentalmente también modificando las atribuciones del Tribunal Constitucional. En mi parecer, la atribución más compleja y que podría prescindir en la futura Constitución es excluir el control previo de constitucionalidad de los proyectos de ley.