Un largo recorrido tuvo que pasar el proyecto de ley sobre escaños reservados que proponía, entre una de sus aristas, el incorporar una cuota mínima de un 5% de candidaturas para personas en situación de discapacidad a todos aquellos partidos o pactos políticos que busquen un cupo en las próximas elecciones a convencionales.
Finalmente, este martes, y tras un acuerdo entre los miembros de la comisión mixta ad hoc, representantes del Servicio Electoral (Servel) y el Ejecutivo, fue aprobado el proyecto en la Cámara de diputados con 140 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones. Con esto, el proyecto queda listo para votarse la próxima semana en el Senado.
Entre los requisitos que contempla esta iniciativa está el de disponer de personas con discapacidad certificada ante el Ministerio de salud o de pensión de invalidez. Asimismo, la normativa vetará todas las candidaturas de aquellos partidos o pactos que no cumplan con el porcentaje mínimo establecido.
El resultado fue valorado por gran parte de la población en situación de discapacidad. Y es que en Chile se estima que hay 2.836.818 personas con discapacidad, según lo estipulado en el 2015 por el Servicio Nacional de Discapacidad (ENDISC) lo que equivale al 16.7% del total de la población.
De igual forma, estudios elaborados entre agosto y septiembre de este año por la Fundación Chilena para la Discapacidad muestran que un 52.1% de las personas encuestadas dice haber experimentado algunas veces obstáculos o barreras que dificultan su participación social y ciudadana. Número que aumenta con un 27.9% que dice haberlo experimentado muchas veces.
“Esto tiene que ver con las barreras de acceso a las instancias de opinión a las cuales pueden acceder las personas en situación de discapacidad”, comenta Francisco Henríquez, cientista político y uno de los elaboradores del estudio.
Bajo esta misma línea, agrupaciones, fundaciones y partidos políticos no sólo han comenzado a buscar y definir los próximos candidatos, sino que además a difundir los principales elementos que buscarán debatir y zanjar en la elaboración de la próxima Carta Magna.
El reconocimiento
“Si yo pudiera escribir la Nueva Constitución escribiría, primero, reconocimiento constitucional a los derechos con personas con discapacidad e inclusión plena en todos los ámbitos de la sociedad” mencionó en la franja por el Apruebo Pablo Selles, candidato convencional y miembro de la plataforma Voz Propia, que busca promover la participación de las personas con discapacidad en la política.
Selles, quien además es profesor en La Pintana, considera que el reconocimiento es uno de los elementos fundamentales dentro de la próxima Constitución puesto que “Chile todavía no aprueba la materia de la garantía del Estado”. A esto agrega que: “Junto con Haití, somos los únicos países de Latinoamérica que no tienen un reconocimiento constitucional a las personas con discapacidad”.
Misma opinión la comparte el candidato convencional y presidente de la Fundación Chilena por la Discapacidad, Matías Poblete, quien cree que se debe instalar el concepto de igualdad de oportunidades en la futura Constitución y “definir cuales son las responsabilidades del Estado para generar esta igualdad de oportunidades en el acceso a la educación a la salud, el trabajo, a una ciudad que sea inclusiva”.
Por su parte, Paula Cancino, representante del Centro UC de Síndrome de Down considera que: “El reconocimiento significa que desde las bases, uno de los principios sea que estemos todos y todas considerados, con todas nuestras diferencias y eso implica construir un país que se ajuste a todas las necesidades”.
Bajo esta misma línea, en el estudio de la Fundación Chilena para la Discapacidad los encuestados demostraron que entre los puntos que les gustaría ver en la próxima constitución se menciona, en primer lugar, oportunidades y participación social, seguido de reformas en el funcionamiento de la institucionalidad en materias de discapacidad junto con mejoras en el sistema de salud.
Sin embargo, el debate se genera en cómo se debe concretar en la próxima Carta Magna. A diferencia de Selles, Poblete considera que el reconocimiento no se debe instalar a través de un apartado especial, sino que se vaya revisando, en la convención constitucional, cada uno de los puntos y se vaya dando un enfoque inclusivo.
Con el reconocimiento, aseguran ambos, abriría caminos para la gran mayoría de los ámbitos donde se desenvuelven no sólo las personas en situación de discapacidad, sino también a sus cuidadores.
La convención de Derechos de las Personas con Discapacidad
Para María José Escudero, directora ejecutiva de la Fundación Ronda, otro de los aspectos fundamentales a considerarse en el debate es el reconocimiento de la Convención Internacional para las Personas con Discapacidad firmada por Chile ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) en marzo del 2007.
La convención consta de 50 artículos en los que se establecen derechos fundamentales, tales como la salud, educación, participación política y social, habilitación y rehabilitación, justicia y accesibilidad. Todas ellas bajo el principio de la no discriminación e igualdad de oportunidades.
“Eso nos aseguraría que muchos de los puntos relevantes para la plena inclusión y la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad se cumpla, ya que al dejar en la Carta Magna establecido que nos regimos por esta convención en materia de discapacidad va a significar que no va a exigir otra normativa o legislación que no cumpla con los estándares que rige en la convención”, aclara Escudero.
Asimismo, Selles explica ante esto que: “la legislación todavía no se iguala. Incluso, con las palabras. Por ejemplo, en vez de ‘exigibilidad’, ponen ‘promoverá’, siempre un verbo que en vez que el Estado se comprometa realmente, siempre son invitaciones a que el Estado genere una conducta”.
La discapacidad en constituciones latinoamericanas
Ante la posibilidad de generar una constitución más inclusiva, las organizaciones e independientes ya se encuentran mirando a los países dentro del continente para poder replicarlo en la futura Constitución.
Por ejemplo, la Constitución ecuatoriana reconoce y garantiza, entre otros elementos, el derecho a la atención especializada en el sistema de salud pública y privada, donde se disponga de medicamentos de forma gratuita. De igual forma, también asegura una vivienda adecuada donde se generen condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar autonomía. En el caso de aquellas personas que no cuenten con algún cuidador o que no tengan donde vivir de forma permanente, dispondrán de centros de acogida.
Argentina, por su parte, tiene contemplado legislar en el artículo 75 de su Constitución acciones positivas para las personas con discapacidad que garanticen “igualdad real de oportunidades y trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos”.
En cuanto a Perú, si bien no tiene contemplado expresamente en su Carta Magna a las personas en situación de discapacidad, sí reconoce en su artículo 55 que: “Los Tratados celebrados por el Estado y en vigor, forman parte del derecho nacional.” Ante esto, el país vecino estaría reconociendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas la cual firmó en el 2006.