Este lunes 8 de marzo se conmemora una nuevo Día Internacional de la Mujer y este año tendrá un matiz especial: será a casi menos de un mes de la elección de los constituyentes que serán parte de la convención constitucional, la primera paritaria en el mundo.

En los últimos meses varios sectores políticos y candidatos a la Convención han hablado de escribir una Carta Magna “acorde a los tiempos” y que se traduce, para algunos, en una Constitución con mirada de género. ¿Y eso cómo se logra?

Para eso hablamos con algunas de las organizaciones que abogan por la igualdad de género y la reivindicación de derechos de las mujeres para dar con varios de los puntos claves.

Autonomía sexual y reproductiva

Carla Bravo, del Observatorio de Violencia Obstétrica de Chile (OVO), opina que es importante que se incluyan “ciertos principios y garantías” como “consagrar la igualdad y la no discriminación en cuanto al género”, y “una educación no sexista”.

Destaca que para OVO es fundamental que se garantice “la autonomía sexual y reproductiva de la mujer sexual que tiene que estar garantizado como un derecho autónomo”.

Argumenta que, “el control sexual ha operado como dispositivo histórico de dominación, por lo que la decisión y autonomía sobre el propio cuerpo, reconociendo además la diversidad existente y que no es un tema que afecte sólo a mujeres sino también a las disidencias sexuales, es un piso mínimo si queremos avanzar en estas materias”.

Agrega: “Recientemente hemos visto como la falla en anticonceptivos ha generado un problema grave del cual nadie se está haciendo responsable (…) De ahí la urgencia de poder elevar a rango constitucional un derecho que ha sido y sigue siendo históricamente tan desplazado”.

Ella se refiere a las denuncias por fallas en el empaque de anticonceptivos, al 23 de febrero de este año, el ISP contabilizaba 26 denuncias de 9 lotes diferentes.

Por su parte, Daniela López, del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres, dice que es crucial que se consagre el derecho a un efectivo acceso a la justicia sin sesgos ni discriminaciones.

“Esto ya se encuentra consagrado en los tratados internacionales y es mucho más complejo que la posibilidad de acceder a tener representación jurídica o asistir a un tribunal. La tutela efectiva de derechos en términos de perspectiva de género es que el Estado adopte medidas que aseguren la prevención, investigación, sanción y reparación de la desigualdad, discriminación y violencia, entendiendo la violencia contra las mujeres como un problema público y prevalente, meritorio de acciones estatales, no como un problema privado y menos de responsabilidad de la víctima”, comentó.

Carolina Jiménez, presidenta del Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC), en tanto, señala que como OCAC “consideramos fundamental que la nueva constitución incluya, dentro del catálogo de derechos (similar al artículo 19 de la actual Carta Fundamental), la obligación del Estado de garantizar y asegurar una vida libre de violencia para las mujeres”.

Karina Nohales, vocera de la Coordinadora Feminista 8M, candidata constituyente por el Distrito 10, indica que “en materia de justicia eso se debiera traducir en la obligatoriedad de suscribir las convenciones internacionales como la CEDAW o la Convención Belem do Pará. Hemos visto fallos recientes y también defensas de las Fiscalías en que estas convenciones han estado presentes -como en el caso de Antonia Barra-, pero estas aun constituyen situaciones excepcionales cuando debiesen ser la regla”.

El trabajo doméstico como actividad productiva

Una de las tantas consecuencias de la pandemia fue que reflotó el debate respecto a las diferencias entre las horas semanales de trabajo doméstico no remunerado entre mujeres y hombres.

Comunidad Mujer realizó el año pasado un estudio para estimar el valor económico de las tareas asociadas a los quehaceres domésticos y de cuidado no remunerado, y concluyó que -de contabilizarse- las labores del hogar tendrían un aporte de un 22% al PIB nacional.

Alejandra Sepúlveda Peñaranda, directora ejecutiva de Comunidad Mujer, destaca que uno de los deberes el Estado en la nueva Constitución debiera ser reconocer el trabajo de cuidado no remunerado como una actividad productiva.

Jiménez indica que debiera existir “un inciso que plasme la igualdad sustantiva y no sólo declarativa entre los géneros en los distintos ámbitos de la vida, como la remuneración, el reconocimiento del trabajo de cuidados llevado a cabo en su mayoría por mujeres, el acceso igualitario a cargos tanto en la administración pública como en el mundo privado.

El énfasis a este tipo de derechos menos tradicionales en la historia constitucional se explica, dice Sepúlveda, en que el que la nueva Constitución sea escrita en forma paritaria no asegura por si sola la perspectiva de género.

Por esta razón para Sepúlveda es relevante destacar principios como “el de la corresponsabilidad social de los cuidados”, y derechos como el de igualdad salarial. El lunes 8 de marzo Comunidad Mujer presentará sus propuestas para una Constitución con igualdad de género.

El concepto de familia

Otro de los puntos que resalta Bravo es que se garantice la diversidad de las familias, “es importante reconocer los distintos tipos de familia”, esto tiene impacto a cómo se organiza la sociedad y las leyes, desde cosas de familia, patrimoniales “e incluso penales”.

En el primera artículo de la Constitución se lee que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. Verónica del Pozo, codirectora de Abofem, explica la necesidad de cambiar esa forma de redacción porque “si una nueva Constitución consagra todas las formas de familia, todas tendrán protección del Estado (…) haría que muchas normas que se basan en estos valores tradicionales dejarían de existir o de aplicarse de una manera que limiten los derechos de las mujeres y de las diversidades sexuales”.

En otras materias, Del Pozo apunta a que tanto los conceptos de libertad económica y de propiedad privada estén limitados, siendo prioritario que se garanticen los derechos de las personas.

¿Cómo se relaciona esto con la mirada de género? Del Pozo acota: “Un Estado cuidador también cuida a quienes cuidan, que son mayoritariamente las mujeres, y ahí nosotros una relación muy estrecha que hay entre el capitalismo y el patriarcado”.

Paridad en cargos públicos

Otra de las propuestas fundamentales es que se aplique la paridad en los cargos públicos.

Daniela López de AML Defensa de Mujeres relata: “En los años setenta el movimiento feminista instaló el lema ‘lo personal es político’ debido a que el sexo es una categoría social impregnada de política, con esta idea, denunció que en el ámbito “privado” se desarrollan relaciones de poder que sustentan la base del resto de estructuras sociales”.

Alejandra Sepúlveda resalta que es importante consagrar la participación paritaria en la vida política y en la vida pública de los poderes del Estado, de los organismos autónomos y de los procesos de elecciones populares

El razonamiento para esto, según Sepúlveda, es que “una de las grandes falencias de los procesos de inserción de la mujer en la vida pública y social es que están totalmente subrepresentadas en la toma de decisiones, y eso de manera más evidente se ve en los cargos políticos (…) cuando uno piensa, y en el fondo promueve una democracia paritaria y la paridad de género, lo que se está pidiendo es que también se asegura desde el Estado y desde las normativas la presencia equilibrada de las mujeres en el Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, en las elecciones populares”.