Un país religioso: La relación del Estado y la iglesia en la discusión constitucional
El llamado desde el gobierno a que pastores y sacerdotes tomen precauciones y no congreguen grandes cantidades de personas en ceremonias por Semana Santa por la pandemia muestra la relevancia de la religión y en particular del cristianismo en el país. ¿Es necesario revisar qué dice la Constitución previo al plebiscito de octubre? ¿Es importante volver a hablar de la relación del Estado con la Iglesia, separadas desde 1925?
El domingo se realizará la misa de Pascua, la ceremonia más importante del mundo cristiano. Es probable que se vuelva a ver una basílica de San Pedro en Roma casi vacía, sin feligreses, quienes deberán ver el evento por Internet. Son tiempos del covid-19 y el Vaticano no está exento a los peligros de la pandemia.
Chile es un país de tradición cristiana, con marcada influencia católica (según datos de la Oficina Central de Estadísticas de la Iglesia Católica, en el país hay aproximadamente unos 13,3 millones de católicos). Por esto, el ministro de Salud Jaime Mañalich hizo un llamado para que los cristianos eviten asistir a eventos masivos por Semana Santa.
“Hago un llamado a los pastores y al culto en general. Es imperioso recordar que no puede haber agrupaciones de más de 50 personas. Hago un llamado a la responsabilidad (...). Insistimos que las ceremonias sean con el mínimo de personas posibles, quienes vayan a un culto, por favor usen mascarillas”, dijo.
El llamado tenía fundamentos. En marzo se decretó un cordón sanitario en San Pedro de la Paz, Región del Bío Bío, tras detectarse casos de covid-19 en el sector de Boca Sur, donde se había realizado un culto de una iglesia evangélica en la cual asistió una persona de 63 años, quien dio positivo coronavirus. Días después se encontraron más casos, incluidos asistentes a la cita religiosa. Se indaga si se contagiaron allí.
El 16 de marzo el obispo de la Iglesia Metodista Pentecostal Mario Salfate participó en Paine an un evento al que asistieron unos 300 líderes de esa corriente. Según informó CIPER el 30 de marzo, Salfate y otros tres pastores dieron positivo tras la reunión.
Esta semana la Fiscalía Metropolitana Sur inició una investigación contra un pastor evangélico quien, pese a que debía hacer cuarentena por covid-19, se habría reunido con fieles en Bajos de Mena, Puente Alto, una de las comunas con más casos de coronavirus en la Región Metropolitana.
Tras la Católica, las iglesias evangélicas son las segundas más profesadas en el país. Una encuesta del CEP de diciembre de 2018 reveló una baja de adhesión católica. Si en 1998 un 75% de los encuestados se consideraba católico, para 2018 el porcentaje bajó a 55%. Pero había otro factor: los evangélicos pasaron de 14% en 1998 a un 16%.
Al ver la relevancia que tienen estos credos en la vida espiritual de gran parte de los chilenos ¿es necesario que la religión, la libertad de conciencia y culto esté entre las prioridades de la discusión previo al plebiscito de octubre? Para Miguel Orellana Benado, investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile no hay duda que sí es necesario.
“Creo que sería un gravísimo error pretender que no hace falta una conversación larga y sostenida en ciertas instancias, y con distintos autores sobre los conceptos relacionados con la religión”, dice Orellana y agrega: “Lo que creo que sí ha ocurrido es que el sector más educado de las sociedades occidentales se ha secularizado a un ritmo totalmente distinto que el resto de la sociedad”.
Argumenta que la idea de una Constitución es que es “un marco que regula la convivencia, la forma en que vivimos, las diferencias, todos (...), entonces si uno deja afuera a las personas que tienen prácticas religiosas, vivencias religiosas, formación religiosa, lo estás haciendo muy mal”.
René Cortínez, académico e investigador del Centro de Derecho y Religión de la Facultad de Derecho UC señala que “la religión y creencias de los chilenos, también han estado presentes en los grandes desafíos nacionales; como la mediación en conflictos políticos (Papal en el caso del Beagle; Comisión Valech), en la defensa y promoción cultural de los pueblos originarios, etc”. “Así, no es extraño que nuestros textos constitucionales, desde el comienzo, se ocuparan del estatuto de la religión”.
En específico enumera también los aportes en la cultura que ha tenido particularmente el catolicismo. “En Chile, al menos 195 inmuebles de la Iglesia Católica, forman parte del Patrimonio Histórico Nacional (Iglesias, Monasterios, Universidades, Colegios y Cementerios, etc.) a lo largo de todo Chile. Adicionalmente, el año 2000, la UNESCO declaró Patrimonio de la Humanidad 16 Iglesias de la isla de Chiloé y el año 2014 inscribió, en la Lista Representativa del Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, a los bailes chinos (religiosidad popular)”.
La actual Carta Fundamental indica que “la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público. Las confesiones religiosas podrán erigir y conservar templos y sus dependencias bajo las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y ordenanzas”. Y agrega más abajo: “Los templos y sus dependencias, destinados exclusivamente al servicio de un culto, estarán exentos de toda clase de contribuciones”.
¿Chile es un Estado laico?
Tras la separación entre Estado e Iglesia en la Constitución de 1925 se ha discutido si Chile es realmente un Estado laico. Años atrás en el Congreso se debatió si las sesiones se debían seguir iniciando por el nombre de Dios, o eliminarla. La frase fue modificada en 2012 por “el nombre de Dios y de la Patria”.
Las autoras de la modificación fueron Soledad Alvear (DC) e Isabel Allende (PS). “Es un símbolo de respeto a la diversidad y que el Senado es capaz de ponerse en concordancia con ello”, expresó la senadora Allende. Quienes optaban por eliminar la referencia a Dios arguyeron que se debía realizar ya que Chile era un Estado laico.
Olga Grau, de la Facultad de Filosofía y Humanidades, en la revista Palabra Pública en 2018 opinó que “la Constitución del año 1925, pese a que hizo una diferencia respecto de las constituciones previas que eran favorables a la Iglesia Católica, no declaró formalmente y de manera explícita la condición laica del Estado, aunque su contenido expresa la división del Estado y la Iglesia al asegurar la diversidad, pluralismo e igualdad en el ejercicio de todos los cultos religiosos. Llegó a ser parte del sentido común por varias décadas que se vivía en un Estado laico”.
Concuerda Luis Bahamondes, doctor en ciencias de la religión, académico de la Facultad de Filosofía de la Universidad de Chile. “Hay una dificultad que se ha instalado de manera bastante masiva y popular: la idea de que Chile es un país laico. Constitucionalmente en ninguna parte de la Constitución se señala con esas palabras pero se asume que Chile es un país laico”.
Explica que la separación Iglesia-Estado de 1925 trató de reflejar “el acto administrativo de aquella separación en términos de derechos, deberes, pero no en términos, yo diría, socioculturales. Chile sigue siendo un país muy religioso y por lo tanto, independiente que se haya separado la iglesia con el Estado uno va a encontrar vinculaciones muy profundas entre la institucionalidad que tiene el Estado y la propia iglesia”.
Como ejemplo, afirma que aún existe educación religiosa, “particularmente católica, en colegios públicos”. O capellanes en reparticiones públicas, como en La Moneda, la PDI por nombrar algunas.
Para el abogado constitucionalista y académico de la Universidad Diego Portales, Javier Couso la actual regulación, “complementada por la Ley 19.638, de Libertad de Cultos (de 1999) establece en Chile un país razonablemente laico”. Agrega que, “solo hay unos pocos casos que habría que perfeccionar”. Por ejemplo le parece que “no es razonable que haya capellanes castrenses de una sola religión. Tampoco que existe un Te Deum (por muy ecuménico que sea) donde siempre el anfitrión es el obispo de Santiago. Pero son detalles en el gran marco histórico y comparado histórico”.
Jorge Precht, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, a cargo del curso Justicia y Doctrina Social de la Iglesia, en un análisis sobre la libertad religiosa (publicado en el Diario Constitucional) sugiere una lista de cambios para una eventual nueva Constitución es agregar o “Chile es una República laica, sin religión oficial o privilegiada”, o “Chile es una República a-confesional. El Estado está separado de las iglesias”.
Si bien enumera otros puntos, afirma que: “La mayor novedad sería la inclusión de la expresión ‘República laica’. Chile actualmente es una República con separación entre la Iglesia y el Estado, pero no es una República laica. La separación entre la Iglesia Católica en 1925 –digo la Iglesia Católica porque las demás entidades religiosas nunca estuvieron unidas al Estado- consistió básicamente en el término de la Iglesia Católica como religión oficial del Estado, en la conservación de su estatuto jurídico, en el término del presupuesto del culto, y en una indemnización (Alessandri la llama desahucio) por 5 años”.
Fe y política
En enero el senador Iván Moreira (UDI), mientras argumentaba su rechazo a la idea de legislar el matrimonio igualitario, dijo: “Nunca podrán cambiar lo que es importante para el mundo cristiano”, mientras sostenía un ejemplar de la Biblia. En una acción similar en 2009 el diputado Eduardo Díaz (PRI) leyó pasajes de la Biblia para argumentar su rechazo a que la píldora del día después se distribuyera en la Salud Pública. El proyecto se terminó aprobando.
Luis Bahamondes opina que la propia clase política, “si uno analiza las discusiones que han habido respecto al aborto, matrimonio de personas del mismo sexo, la píldora del día después (...) nos vamos a encontrar con que no pocos, y en el propio Parlamento, frente a su argumentación a la aprobación o rechazo a una determinada ley se sustenta en elementos que están profundamente fundados en el texto bíblico”.
“Entonces”, plantea Bahamondes, “la pregunta es: ¿Bueno, el Congreso no es un espacio deliberativo secular, en una separación Iglesia-Estado?, ¿Chile es un país laico? pareciera ser que eso es más discursivo que real”.
El diputado Gonzalo Fuenzalida (RN), integrante de la comisión de Constitución de la Cámara baja, señala que entre la democracia existen posiciones diversas, y en la política existen sentimientos, “y estos sentimientos se expresan muchas veces con creencias religiosas, con valores, y muchas veces las decisiones se toman con ese prisma”. Destaca, “y eso es parte de la libertad y la democracia de los legisladores que han sido elegidos”. Acota que estas miradas eso sí deben existir, “siempre y cuando sea en el juego democrático”, no por la fuerza.
El senador Felipe Harboe (PPD), parte de la comisión sobre Constitución en la Cámara Alta opina que “la Constitución debe garantizar la libertad de conciencia y libertad de culto, dejando a la libertad de los ciudadanos su elección sobre profesar o no una religión. Las constituciones deben crear el ambiente para que las personas se desarrollen libremente y no corresponde instaurar credos qué condicionen leyes o políticas públicas”.
Tomás Hirsch, diputado del PH, quien integra la comisión de Constitución, señala que en un país como el nuestro con una separación entre el Estado y la Iglesia no debiera haber ninguna mención al tema religioso, salvo en plantear la libertad religiosa de cualquier persona o no profesar ninguna. Agrega que “si hay prescindencia total del Estado respecto de las religiones y las iglesias, por supuesto que no se les debe hacer ningún tipo de exención de contribuciones (...) ¿Por qué tendrían beneficio?”.
René Cortínez opina que en este contexto del plebiscito, si gana el apruebo, “el órgano representativo que redacte la Constitución, y luego la ciudadanía, deberá pronunciarse sobre la conveniencia de mantener la exención del impuesto territorial a favor de los templos y sus dependencias, considerando que están destinados al culto y no a producir rentas”.
En otros países no existe la separación Iglesia-Estado. O al menos, aún hay formas abiertas de relaciones entre ambas. La Iglesia de Inglaterra, cuna del anglicanismo, aunque tiene un propio cuerpo legislativo, el Sínodo General, sus resoluciones deben ser aprobadas por el Parlamento. La Constitución de Irán declara que es un país monoteísta (islámico), y entre sus artículos se describen importante tener revelaciones de carácter espiritual para legislar. La Iglesia de Noruega, de raíz luterana, recibe aportes del Estado.
Camino a la diversidad
La importancia de la religión y la Carta Fundamental está relacionada con el inicio de la nación. En 1812, durante el gobierno de José Miguel Carrera, el primer artículo del Reglamento Constitucional Provisorio dice: “La religión Católica Apostólica es y será siempre la de Chile”. Sin ser explícita, se daba a entender que existía una relación muy fuerte entre el Estado y la Iglesia.
La Constitución de 1833 dice que: “La religión de la República de Chile es la católica, apostólica, romana; con exclusión del ejercicio público de cualquiera otra”. A lo largo del siglo llegaron inmigrantes con credos distintos al católico, anglicanismo y luteranismo por ejemplo. Esto, más el impulso de un sector de la sociedad de ideas liberales, en dirección hacia un secularismo llevó por ejemplo a la creación de la Ley Interpretativa de 1865.
Esta estableció que quienes no profesan la religión católica podían practicar su culto al interior de edificios de propiedad particular. Y que los extranjeros no católicos, llamados disidentes, podían sostener escuelas privadas para la enseñanza de sus propios hijos en la doctrina de sus religiones.
60 años después con la Constitución de 1925 se estableció la separación de la Iglesia con el Estado. La Carta es muy similar a la actual Constitución. La Comisión Ortúzar, durante los años 70, señaló relevante mantener lo establecido en este punto.
El último hito fue la promulgación de la Ley de Cultos en 1999. Con esto se estableció una nueva estructura jurídica para las iglesias y organizaciones religiosas: se garantizó la libertad religiosa y de culto, se terminó con la discriminación por creencias religiosas y permitió el libre desarrollo de las actividades religiosas. Tuvo un abierto apoyo de las iglesias evangélicas, ya que igualó su situación legal con la Católica, y les concedió el derecho de obtener personalidad jurídica como instituciones sin fines de lucro.
En octubre de 2018 el Presidente Sebastián Piñera reafirmó su compromiso para modificar la Ley de Cultos. Entre los temas se destacó incorporar a las organizaciones religiosas como actores susceptibles de ser objeto de donaciones con beneficios tributarios, mecanismos de transparencia activa, constitución de las iglesias y atribuciones del Ministerio de Justicia, así como también la institucionalidad organizacional que tienen estas en el Estado.
Un año después de ese anuncio ocurriría el estallido social, y unos meses después llegaría el coronavirus. Para esta nota, fuentes de Gobierno indicaron que el último hecho al respecto a destacar es que se armó una mesa de trabajo.
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