Aguinaldo de Fiestas Patrias: revisa el monto que recibirán los pensionados este 2023

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Revisa de cuánto será el monto del aguinaldo de las Fiestas Patrias 2023. Foto referencial.

Además, este dinero aumenta por cada persona que se tenga acreditada como carga familiar al 31 de agosto de este año.


A días de las Fiestas Patrias, las personas se preparan para celebrar, por lo que es importante que los pensionados conozcan cuándo será entregado su aguinaldo y de cuánto será el monto de este año.

Este beneficio se paga solo una vez en el año y para poder recibir este no se debe postular, ya que es entregado de forma automática al cumplir con los requisitos.

¿Cuál es el monto del aguinaldo que recibirán los pensionados?

Conforme a lo indicado por el Instituto de Previsional Social (IPS), el monto base del aguinaldo que recibirán los pensionados este 2023 será de $23.261.

No obstante, la entidad también señaló que este monto aumentará en $11.933 por cada persona que el pensionado tenga acreditada como carga familiar al 31 de agosto del 2023, esto, aunque no tenga derecho a cobrar la Asignación Familiar debido a que su ingreso mensual supera los $979.330.

¿Cuándo se pagará el aguinaldo de Fiestas Patrias?

De acuerdo a lo indicado por el IPS, las personas podrán recibir este dinero junto a su pensión de septiembre. Por ende, la fecha del pago variará en el caso de cada pensionado.

Además, es importante mencionar que a este aguinaldo no se le realizan descuentos, por lo que no se le considera para el pago de impuestos, cotizaciones previsionales o de salud, ya que este dinero no es tributable ni tampoco es imponible.

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Conoce quiénes pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias. Foto referencial.

¿Quiénes lo reciben?

El IPS indica que este aguinaldo por Fiestas Patrias lo reciben las personas que cumplan con alguno de los siguientes requisitos al 31 de agosto del 2023:

  • Pensionados del IPS que tengan la Pensión Garantizada Universal (PGU) o la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • ·Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
  • Pensionados de reparación.
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro que además reciben la PGU, el Aporte Previsional Solidario, de Vejez o de Invalidez, o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.

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