El esperado Aguinaldo de Navidad es uno de los beneficios que entrega el Estado, dirigido a trabajadores del sector público y pensionados.
El Instituto de Previsión Social, entrega un monto para solventar gastos de fin de año, que irá incluido en la liquidación de pago de diciembre.
El aporte se otorga a quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
Respecto a quienes pueden recibir este beneficio, tienen derecho los pensionados y pensionadas que tengan alguna de las siguientes calidades al 30 de noviembre del año en curso:
- Pensionados de las ex-Cajas de Previsión y del ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que previo a la entrada en vigencia de la ley, hayan sido beneficiarios de una pensión básica solidaria de vejez.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que previo a la entrada en vigencia de esta ley se encontraban percibiendo el aporte previsional solidario de vejez.
- Pensionados del sistema establecido en el decreto Ley Nº 3.500, de 1980 (AFP y Compañías de Seguros), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal, por cumplir los requisitos.
- Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados de AFP o compañías de seguro con Aporte Previsional Solidario de Invalidez.
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.
Cabe destacar, que cada persona tiene derecho a un solo aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones.
¿Cómo y dónde cobrar el aguinaldo?
El pago del aguinaldo se incluye en la pensión mensual. Por lo tanto, los pensionados no deben hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda económica que entrega el Estado.
Para el caso de los pensionados del IPS, las personas que cobran en forma presencial recibirán el pago del aguinaldo junto con su pensión en el local de pago habitual, que puede ser de la Caja de Compensación Los Héroes o del BancoEstado.
El beneficio también se paga vía Cuenta RUT o a través de depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, para aquellos pensionados que tienen establecida alguna de esas modalidades de pago de pensión.
¿Dónde reclamar si no se recibe el pago?
Si el pensionado o jubilado tiene derecho al Aguinaldo de Navidad, debería recibir el pago de su pensión del mes de diciembre, pero en el caso que no ocurriese y la persona estima que cumple con los requisitos para que se le pague, puede dirigirse a plantear su inquietud a la sucursal del IPS más cercana a su domicilio o a la entidad que le concedió su pensión en caso de personas con jubilaciones de AFP, compañías de seguros u otras instituciones.
En caso que la respuesta no le sea satisfactoria, puede recurrir al respectivo organismo fiscalizador a representar fundadamente su reclamo.
Para más información, las personas pueden consultar en www.ips.gob o llamar al 101.