Este fin de semana es la celebración del Año Nuevo 2024, para lo que se han determinado horarios de atención especiales por parte de los supermercados, a tener en cuenta durante estos días.

De cara a las próximas compras, se debe tener en cuenta el fin de semana largo, a raíz del feriado irrenunciable del lunes 1 de enero, día en que este tipo de comercio no puede atender al público.

Respecto a la jornada previa, la Cámara de Comercio de Santiago informó que el festivo comienza a las 20:00 horas del domingo 31 de diciembre, lo que se extiende hasta las 6:00 horas del martes 2 de enero.

Las firmas dieron a conocer su funcionamiento diferenciado para la celebración, considerando una atención normal hasta el sábado y un cierre anticipado el domingo. Revisa a continuación el detalle.

Horario de Unimarc

  • Hasta el sábado 30 de diciembre: Horario normal, que en la mayoría de establecimientos es hasta las 21:30. Consulta acá cada local.
  • Domingo 31 de diciembre: Atención hasta las 18:30 horas.
  • Lunes 1 de enero: Locales cerrados.

Horario de Jumbo

Horario de Santa Isabel

  • Hasta el sábado 30 de diciembre: Horario normal, que varía dependiendo del local. Consulta por tu supermercado cercano aquí.
  • Domingo 31 de diciembre: Abierto hasta las 19:00 horas.
  • Lunes 1 de enero: Locales cerrados.

Horario de Tottus

  • Hasta el sábado 30 de diciembre: Horario normal, que suele ser hasta las 21:30 horas. Se puede consultar por cada local en este enlace.
  • Domingo 31 de diciembre: Las tiendas funcionan de 9:00 a 18:30 horas.
  • Lunes 1 de enero: Cerrado.

Horario de Líder

  • Hasta el sábado 30 de diciembre: Cierre a las 21:30 horas. Revisa en este link todos los locales.
  • Domingo 31 de diciembre: Atención hasta las 18:00 horas en Líder y hasta las 18:30 en Express.
  • Lunes 1 de enero: Cerrado.
Revisa los horarios de los supermercados por Año Nuevo. Foto referencial.

Comercio en el feriado irrenunciable

Cabe recordar que, durante un feriado irrenunciable, la mayoría del comercio se encuentra cerrado y sólo pueden abrir determinados establecimientos, correspondientes a:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.