Asignación Familiar 2025: ¿Quiénes reciben el beneficio y cuál es el monto?

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Bonos entregados en Junio. Foto referencial: Getty Images.

Un programa dirigido a trabajadores, pensionados y beneficiarios de determinados subsidios, que permite complementar sus ingresos en relación a sus cargas familiares.


Uno de los beneficios que se entregan mensualmente es la Asignación Familiar, que se facilita por cada carga reconocida.

Del mismo programa también se desprende la Asignación Maternal, dirigida particularmente a embarazadas.

Un programa que cuenta con cifras determinadas según los ingresos y también se distribuye de manera diferente, según si lo reciben trabajadores, pensionados o beneficiarios de otras ayudas sociales. Revisa a continuación el detalle para cobrar este beneficio.

Quiénes reciben la Asignación Familiar

Pueden acceder a la Asignación Familiar las personas en las siguientes situaciones, según resume ChileAtiende:

  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional, desde el 1 de enero de 1974.
  • Trabajadores independientes que cotizan en AFP y tienen una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • Beneficiarios del Subsidio de Cesantía o del Subsidio por Incapacidad Laboral.
  • Pensionados de cualquier régimen, como AFP, IPS, Capredena, Dipreca u otros.
  • Pensionados de viudez y madre de hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Persona natural con niños a cargo por resolución judicial.
  • Trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al quedar cesante recibe la Asignación.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica Solidaria de Invalidez, solo respecto de descendientes que vivan a su cargo.
  • Instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados o con discapacidad.

Por su parte, para recibir el aporte se deben acreditar las cargas familiares, que pueden ser:

  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Hijos o hijastros hasta los 18 años, o hasta los 24 años si son solteros y estudiantes regulares.
  • Hijos discapacitados de cualquier edad.
  • Nietos o bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por estos.
  • Madre viuda.
  • Padres, abuelos y otros ascendientes mayores de 65 años o discapacitados de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados que están a cargo de instituciones del Estado.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

Para reconocer a una carga familiar se debe ingresar al sitio de IPS en Línea o acudir a una sucursal de ChileAtiende, mientras que los afiliados a una Caja de Compensación deberán solicitar el trámite mediante sus canales de atención.

Al momento de solicitar la gestión se deberán presentar los documentos requeridos según el tipo de carga familiar, cuyo detalle se encuentra disponible en este enlace.

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Asignación Familiar 2025: ¿Quiénes reciben el beneficio y cuál es el monto? Foto referencial.

Monto de la Asignación Familiar

Actualmente, la Asignación Familiar y la Asignación Maternal cuentan con cuatro tramos de entrega, donde los primeros tres permiten acceder a un dinero mensual:

  • Se facilitan $21.243 si hay ingresos de hasta $598.698.
  • Se entregan $13.036 se está entre el rango de $598.699 a $874.460.
  • Se puede acceder a $4.119 para ingresos desde $874.461 hasta $1.363.858.
  • A partir de ingresos de $1.363.859 no se recibe el subsidio, pero es posible acceder a otras prestaciones.

Además, las personas beneficiarias de la Asignación Familiar por invalidez tienen derecho al doble del monto.

En tanto, el pago de la Asignación se realiza de la siguiente forma:

  • Para trabajadores dependientes: el empleador lo paga junto al sueldo.
  • Para trabajadores independientes que emiten boleta de honorarios: anualmente lo paga el Instituto de Previsión Social (IPS) por los meses cotizados.
  • Trabajadores independientes: cuando se realicen las cotizaciones.
  • Pensionados: lo paga el IPS o la AFP junto a la pensión.
  • Quienes reciben Subsidio de Cesantía, Subsidio por Incapacidad Laboral o Fondo de Cesantía Solidario: lo reciben mensualmente con el subsidio correspondiente.

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