La Asignación Familiar es un beneficio que entrega el Estado a trabajadores, pensionados y subsidiarios, por las personas que viven a sus expensas.
Este aporte es parte del Sistema de Prestaciones Familiares, conformado por cuatro prestaciones, donde las tres restantes son la Asignación Maternal, el Subsidio Familiar y el Subsidio Maternal.
El aporte se entrega a un beneficiario, por cada una de las personas que cumplan los requisitos para calificar como causantes o cargas familiares acreditadas.
¿Quiénes reciben la Asignación Familiar?
Según explica el sitio del Instituto de Previsión Social (IPS), tienen derecho al beneficio:
- Trabajadores dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes, afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974, que tengan la Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes, obligados o no a cotizar en AFP, que acrediten cargas al IPS.
- Beneficiarios del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados o en situación de discapacidad.
- Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho al Fondo de Cesantía Solidario que recibían la Asignación Familiar al quedar cesantes.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal y Pensión Básica Solidaria de Invalidez en relación con su descendencia.
- Beneficiarios del subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años, en relación con su descendencia.
En tanto, los causantes de la Asignación Familiar son las siguientes personas:
- Cónyuge.
- Cónyuge embarazada.
- Trabajadora embarazada.
- Hijos o hijastros, hasta los 18 años, o 24 años, solteros, en caso que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones reconocidas por el Estado.
- Hijos en situación de discapacidad de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos, que sean huérfanos de padre o madre o hayan sido abandonados por éstos.
- Madre viuda.
- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o en situación de discapacidad de cualquier edad.
- Niños huérfanos o abandonados a cargo de instituciones del Estado.
- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
¿Cuáles son los montos?
El aporte entrega una suma de dinero variable según el ingreso de quien lo recibe, por cada carga familiar acreditada.
Los montos que entrega la Asignación Familiar aumentaron a partir del 1 de enero de 2023, cuando entró en vigencia el nuevo sueldo mínimo de $410.000, que también significó un alza de otros beneficios.
En tanto, a partir de dicha fecha, corresponden las siguientes cifras:
- $16.828, para el tramo entre $0 y $429.899.
- $10.327, para el tramo entre $429.899 y $627.913.
- $3.264, para el tramo entre $627.913 hasta $979.330.
Los pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional, AFP o cajas de previsión, reciben la asignación mensualmente.
En distinta situación se encuentran los trabajadores independientes, quienes acceden al aporte una vez al año.
¿Cómo se realizan los pagos?
El dinero de la asignación llega a los beneficiarios a través de diferentes vías, según su condición:
- Para trabajadores dependientes, es pagado por el empleador y se incluye en el sueldo.
- Para trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios, reciben el monto en la devolución de impuestos del año siguiente en que se declararon las cargas.
- Para trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia, optan al dinero cuando efectúan sus cotizaciones o aportes.
- Para pensionados, el pago está a cargo de la entidad que les entrega la pensión, es decir, AFP o el IPS.
- Para subsidiarios por cesantía, reciben el aporte junto al subsidio.
¿Cómo solicitar la Asignación Familiar?
El trámite se puede realizar a través del organismo que administra las cargas familiares, pudiendo ser una caja de compensación, AFP o el Instituto de Previsión Social.
Para gestionar el beneficio, la persona beneficiaria debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas. Además, se solicitarán los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente del beneficiario.
- Certificado de alumno regular, para estudiantes entre 18 y 24 años.
- Dictamen de invalidez del Compin, en caso de cargas en situación de discapacidad.
- Informe social sobre la condición de abandono, en caso que corresponda.
- Sentencia judicial con certificación de ejecutoriada dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor, en caso que corresponda.