Uno de los beneficios dirigidos a trabajadoras embarazadas es la Asignación Maternal, el que también puede ser recibido por trabajadores cuya cónyuge esté en proceso de gestación y se encuentre reconocida como carga familiar.

Según explica el Instituto de Previsión Social (IPS), el dinero se paga a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y también a beneficiarios del Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años o Subsidio de Cesantía, entre otros.

Cuál es el monto de la Asignación Maternal

El beneficio paga una cifra de dinero mensualmente, la que depende del tramo de ingresos en el que se encuentre la familia, según el siguiente detalle:

  • $21.243 por ingresos de hasta $586.227.
  • $13.036 por ingresos entre $586.228 y $856.247.
  • $4.119 por ingresos entre $856.248 y $1.335.450

En tanto, no se tiene derecho al subsidio con ingresos sobre $1.335.451, pero es posible contar con otras prestaciones del programa.

Asignación Maternal: conoce el monto y cómo solicitar el beneficio. Foto referencial.

Cómo recibir la Asignación Maternal

La Asignación Maternal se puede solicitar a partir del quinto mes de gestación en una sucursal de ChileAtiende, o bien, de forma online a través de la sucursal virtual o la plataforma del IPS, con los siguientes documentos:

Si se es trabajadora

  • Cédula de identidad vigente.
  • Si el trámite lo realiza un tercero, un Poder Notarial Simple.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo, emitido por el Servicio de Salud Público o por un facultativo, visado por la Compin.

Si se es carga de un trabajadora

  • Autorización de carga del trabajador.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo, emitido por el Servicio de Salud Público o por un facultativo, visado por la Compin.

Según explica el IPS, el pago de la Asignación Maternal se realiza de la siguiente manera, de acuerdo a la situación de cada persona.

  • Trabajador dependiente: el empleador debe pagar el beneficio todos los meses junto al sueldo.
  • Trabajador independiente que emite boleta de honorarios: se paga anualmente por parte del IPS por cada causante de Asignación Familiar y Maternal.
  • Trabajador que cotiza por cuenta propia: cuando se realicen las cotizaciones.
  • Personas pensionadas: se paga por parte del IPS o la AFP junto a la pensión.
  • Personas que reciben Subsidio de Cesantía, Subsidio por Incapacidad Laboral, Fondo de Cesantía Solidario, entre otros: se recibe mensualmente con el subsidio.