El Bono por Asistencia Escolar es una ayuda monetaria dirigida a las familias con hijos entre 6 y 18 años que se encuentran estudiando en una institución educacional básica o media reconocida por el Estado.
Es un beneficio para los usuarios del Subsistema de Seguridades y Oportunidades y para recibirlo se pide que el alumno cumpla con una asistencia mensual igual o superior al 85%.
El aporte del Bono por Asistencia Escolar se traduce en $8.000 mensuales por alumno y se extiende por 24 meses a la familia beneficiaria.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?
Para que el estudiante reciba el bono se deben cumplir las siguientes condiciones.
- La familia debe ser parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades y participar del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- La familia debe contar con integrantes entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año correspondiente.
- Los estudiantes deben encontrarse en una institución educacional reconocida por el Estado en nivel básico o medio.
- Los estudiantes deben cumplir con una asistencia escolar mensual superior o igual al 85%.
Respecto al último punto, para la asistencia para los meses de vacaciones, enero y febrero, se considerará el promedio del período julio-diciembre del año anterior a la postulación.
¿Cómo postular al bono?
No se puede postular a este beneficio, por lo que las familias no deben realizar ningún trámite para recibirlo.
El bono se activa cuando la familia se integra al Subsistema Seguridades y Oportunidades.
¿Cómo recibir el pago del Bono por Asistencia Escolar?
El pago del aporte monetario se recibe por defecto a través de depósito bancario. El monto se paga junto con el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
Sin embargo, si el beneficiario desea obtener el dinero de manera presencial, debe acercarse a su municipio o una oficina de ChileAtiende y consultar sobre la modificación de la forma de pago del bono. En el caso de los pagos presenciales, caducan a los seis meses de no cobro.
El pago del Bono por Asistencia Escolar se realiza mensualmente con tres meses de desfase. A modo de ejemplo, el pago por la asistencia de julio se realiza en octubre del mismo año.
¿Quién puede cobrar el bono?
Desde el Subsistema Seguridades y Oportunidades se explica que hay un orden de prioridad que determina qué miembro de la familia recibe el beneficio, partiendo por las mujeres del hogar.
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.