El Bono al Trabajo de la Mujer llega a las beneficiarias en diferentes pagos, para los cuales se dispone de un calendario de fechas.
La información viene de parte del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), organismo a cargo del aporte monetario para trabajadoras que entrega un monto de hasta $40.436 mensuales.
La segunda opción es acceder a un único depósito de $570.825 una vez al año, siendo calculado en base a la renta declarada.
Calendario de pagos del Bono al Trabajo de la Mujer
El Bono al Trabajo de la Mujer se divide en modalidad de pago anual y mensual, la que puede ser elegida por la postulante al momento de comenzar a recibir esta ayuda.
Para los pagos mensuales de 2024, se determinó el siguiente calendario de fechas del Sence:
- Enero: miércoles 31, según la renta de octubre.
- Febrero: jueves 29, según la renta de noviembre.
- Marzo: jueves 28, según la renta de diciembre.
- Abril: martes 30, según la renta de enero.
- Mayo: viernes 31, según la renta de febrero.
- Junio: viernes 28, según la renta de marzo.
- Julio: miércoles 31, según la renta de abril.
- Agosto: viernes 30, según la renta de mayo.
- Septiembre: lunes 30, según la renta de junio.
- Octubre: miércoles 30, según la renta de julio.
- Noviembre: viernes 29, según la renta de agosto.
- Diciembre: lunes 30, según la renta de septiembre.
En tanto, el pago anual correspondiente a 2023, se concretará en agosto de 2024.
Cómo postular
Es posible postular al Bono al Trabajo de la Mujer a través de Internet, en la página del Bono al Trabajo de la Mujer del Sence.
Ingresando con Clave Única, se deberán completar los datos para enviar la solicitud.
Los requisitos para el subsidio consideran cumplir con:
- Tener entre 25 y 59 años.
- Trabajar de forma dependiente o independiente.
- Estar en el 40% de familias más vulnerables de la población, según Registro Social de Hogares.
- Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 o renta bruta anual inferior a $7.278.446.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una institución del Estado, incluyendo municipios, o en una empresa privada con aporte estatal igual o superior al 50%.
- No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado.
- Trabajadoras independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar el proceso de Declaración de Renta del SII.