El cambio de orden de apellidos en el Servicio del Registro Civil, fue realizado por 28.228 personas, a un año de la implementación de la Ley 21.334, que facultó a la entidad estatal para hacer la modificación.

Una intercambio al que optaron miles de residentes del país por distintas razones, de los cuales 26.114 corresponden a mayores de edad. Predominando la acción en aquellos que con apellidos González, Muñoz y Pérez.

El director nacional del Registro Civil, Omar Morales, además informó que “13.358 recién nacidos fueron inscritos con el apellido de su madre primero, de un total de 187.112 registrados durante este año de entrada en vigencia de la norma”.

¿Cómo solicitar el cambio del orden de los apellidos?

Según la información de la Ley 21.334, toda persona mayor de edad, podrá por una sola vez solicitar el cambio de orden de apellidos determinados en la inscripción de nacimiento.

Para llevarlo a cabo la persona deberá:

  • Ingresar a la página web del Registro Civil y agendar una hora.
  • En los motivos para agendar, se debe hacer clic en “Solicitud de Rectificación”.
  • Descargar el Formulario “C-7 solicitud de rectificación administrativa para el cambio de orden de los apellidos”.
  • Llevar el documento el al Registro Civil el día y hora indicada.

Ingresada la solicitud ante el Servicio de Registro Civil, se procederá a verificar la identidad del solicitante, a través de la cédula de identidad vigente o, en caso de que fuese necesario, de la huella dactilar.

Acogida la solicitud, se procederá a practicar las modificaciones y subinscripciones pertinentes, tras lo cual se emitirán los nuevos documentos identificatorios.

Cabe destacar que, los documentos de identidad originales no podrán ser usados, solicitados o exhibidos bajo ninguna circunstancia y en ninguna entidad pública o privada.

¿Cómo cambiar el orden de los apellidos en el Registro Civil? Foto Referencial.

Requisitos para hacer el cambio de apellidos

Para poder solicitar el intercambio de orden de apellidos se debe:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Ser persona chilena o extranjera que requiera la rectificación respecto de su inscripción de nacimiento.
  • Extranjeros sólo podrán solicitar el cambio con documentación que acredite su permanencia en Chile e inscribir previamente su nacimiento en el Registro Civil.

Se destaca que, no podrán solicitar el cambio de orden de los apellidos las personas que se encuentren actualmente procesadas o formalizadas con órdenes de detención pendientes.

¿Tiene costo el cambio de orden de los apellido?

El trámite es de carácter gratuito. Sin embargo, en el caso de las rectificaciones requeridas por personas mayores de 18 años, se debe pagar el costo de las publicaciones en el Diario Oficial, adicionalmente se debe costear el arancel por la emisión de los nuevos documentos de identidad.

El trámite está disponible durante todo el año en oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, con cita agendada previamente en el sitio web de la institución.

¿Pueden cambiar los apellidos los menores de edad?

Solo hasta el 11 de enero los hijos menores de edad ya inscritos, podían modificar el cambio de orden de sus apellidos, a través de la solicitud de ambos progenitores en acuerdo. Si esto no fue realizado, deberán esperar hasta cumplir 18 años.

¿Cómo cambiar el orden de los apellidos en el Registro Civil? Foto Referencial.