Cómo establecer un reclamo por el Subsidio Familiar
Se puede apelar ante algún problema o si se dejó de recibir el beneficio.
Quienes cumplen con los requisitos para optar al Subsidio Familiar, pero no han podido recibir el beneficio o no están de acuerdo con sus condiciones, pueden establecer un reclamo.
Un trámite que se debe hacer ante la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), donde también está la posibilidad de plantear un problema con el monto ofrecido o apelar si se dejó de recibir el aporte.
Según detalla el Instituto de Previsión Social (IPS), el Subsidio Familiar facilita una cifra monetaria a personas para la mantención de sus cargas, quienes deben estar inscritos en el Registro Social de Hogares y calificar dentro del 60% de menores ingresos.
Para solicitar el Subsidio Familiar es necesario acercarse al municipio correspondiente al domicilio, desde donde se encargan de comprobar los antecedentes.
¿Cómo reclamar por el Subsidio Familiar?
Desde ChileAtiende se explica que se puede reclamar por el Subsidio Familiar a través de Internet o de manera presencial.
Dentro de los documentos necesarios para la gestión está la cédula de identidad y la presentación escrita y firmada que fundamente el requerimiento, que debe contener los siguientes datos.
- Descripción del requerimiento.
- Nombre completo y RUT.
- Domicilio, teléfono y correo electrónico.
- Municipalidad donde se solicitó el subsidio.
- Nombres y RUT de los causantes por los que se hace el reclamo.
En tanto, si el trámite está a cargo de un representante, también debe portar un poder simple, además de su cédula de identidad vigente.
Para reclamar online se deben seguir estos pasos:
- Entrar al sitio de la Superintendencia de Seguridad Social e iniciar sesión con RUT y contraseña o mediante Clave Única.
- Ir a la opción “Hacer un reclamo”.
- En la materia, seleccionar “Prestaciones familiares, bonos y beneficios”.
- En la submateria, seleccionar “Subsidio Familiar”.
- En el motivo, seleccionar “Revisión de derecho: otorgamiento, pago, duración o extinción del Subsidio Familiar”.
- Describir el problema en la casilla “Relato”.
- Completar los datos personales y hacer clic en “siguiente”.
- Completar la información y adjuntar los documentos solicitados.
- Aceptar las condiciones.
- Una vez enviada la solicitud, se entregará un número de reclamo, necesario para consultar el estado más adelante.
Para reclamar de forma presencial:
- Se puede acudir a una sucursal de ChileAtiende o una oficina de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Se deberá solicitar el reclamo por el subsidio y entregar los documentos requeridos.
- Se deberá conservar el comprobante para hacer seguimiento.
Luego del trámite, se podrá consultar el estado en este enlace en un plazo aproximado de 30 días. Sin embargo, en casos complejos la gestión puede extenderse hasta los seis meses.
Si la solicitud es rechazada, se dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la notificación, para apelar ante la Suseso con nuevos antecedentes.
¿Cuándo se extingue el beneficio?
Según se explica en el sitio del IPS, el subsidio tiene una vigencia de tres años.
El beneficio se puede dejar de recibir en alguna de las siguientes condiciones:
- Cuando se deje de cumplir alguno de los requisitos.
- Si no se cobra el dinero durante seis meses continuos.
- Si un beneficiario no proporciona los antecedentes requeridos.
- Cuando vence el plazo de tres años del subsidio.
- Por fallecimiento de un causante o beneficiario.
- Por optar a otro beneficio incompatible.
- Cuando un causante menor cumple 18 años. En esa situación, los pagos se efectuarán hasta el 31 de diciembre del año respectivo.
¿Quiénes pueden acceder al Subsidio Familiar?
Pueden recibir el subsidio las siguientes personas:
- Madres o padres a cargo de menores de edad o personas en situación de discapacidad de cualquier edad.
- Guardadores a cargo de menores de edad.
- Personas naturales a cargo de alguien en situación de discapacidad mental de cualquier edad.
- Embarazadas.
En el caso de personas con situación de discapacidad, se debe declarar a través de la Compin. En tanto, las embarazadas deberán estar en el quinto mes de gestación y tener un documento que lo certifique.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.