La Ley TEA otorga a los trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad, un permiso especial para acudir a emergencias respecto a su integridad de jóvenes que tengan Trastorno del Espectro Autista.
Una medida establecida en el artículo 60 del Código del Trabajo que les permite a los cuidadores presentarse en los establecimientos educacionales en los cuales cursan su enseñanza parvularia, básica o media.
Esta norma tiene como objetivo promover un abordaje integral de las personas que se encuentran en el espectro, ya sea en el ámbito social, de la salud y la educación. Así como reconocer la existencia de aquellos que presentan neurodivergencia y sus cuidadores.
¿Qué dice la Ley?
Lo estipulado en la ley constata que:
“Los trabajadores dependientes que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista, estarán facultados para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educacionales”.
Asimismo, las características de este permiso especial son:
- El tiempo que estos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales.
- El empleador no podrá, en caso alguno, calificar esta salida como intempestiva e injustificada para configurar la causal de abandono de trabajo establecida en la letra a del número 4 del artículo 160, o como fundamento de una investigación sumaria o de un sumario administrativo, en su caso.
- El trabajador deberá dar aviso a la Inspección del Trabajo del territorio respectivo respecto a la circunstancia de tener un hijo, hija o menor bajo su tutela legal, diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista.
¿Cómo solicitar el permiso?
Es posible solicitar el permiso en la Inspección de la Dirección del Trabajo más cercana y realizar una notificación del diagnóstico TEA del niño, niña o adolescente, entregando el siguiente formulario tipo:
¿Cuáles son las características de la Ley TEA?
La Ley TEA, establece que la persona con espectro autista presenta una diferencia o diversidad en el neurodesarrollo típico; el cual se manifiesta en dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social, al interactuar con los diferentes entornos. Así como, también en conductas o intereses restrictivos o repetitivos.
Es por lo anterior que la ley tiene como objetivo:
- Asegurar el pleno goce y ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad con el resto de la sociedad. En especial, en el ámbito de la inclusión social y educativa.
- Disminuir y eliminar las barreras para el aprendizaje, la participación y la socialización.
- Reconocer la existencia de personas cuidadoras de quienes presentan TEA.
- Determinar los deberes del Estado para asegurar el desarrollo personal, la vida independiente, autonomía e igualdad de oportunidades de las personas con TEA.
- Lograr avanzar en el fomento de la detección temprana del TEA.
- Disponer nuevos principios a los que deberá sujetarse el cumplimiento de esta ley: trato digno, autonomía progresiva, perspectiva de género; intersectorialidad, participación y diálogo social; detección temprana y seguimiento continuo y neurodiversidad.